Enrique Meza Daza denunció al Consejo Superior Universitario ante el Juzgado Cuarto Penal Municipal con funciones de control de garantías del Distrito Judicial de Valledupar.
El rector de la Universidad Popular del Cesar (UPC), Enrique Alfonso Meza Daza, fue amparado por una tutela para no dirigir los hilos del centro universitario por un periodo atípico, sino por cuatro años, luego de la salida de Carlos Oñate Gómez en agosto de 2017.
En septiembre de 2017, el Consejo Superior había escogido a Meza Daza para dirigir a la UPC hasta el 6 de julio de 2019, sin embargo, el ingeniero químico unos meses después denunció a quienes lo designaron, en el Juzgado Cuarto Penal Municipal con funciones de control de garantías del Distrito Judicial de Valledupar.
Como accionante de la demanda, aduce que “se le ha vulnerado el Derecho Fundamental a la igualdad y a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político, en su modalidad de elegir y ser elegido”. Basa su requerimiento en que el artículo 1 del Acuerdo 038 del 31 de julio de 2004 establece que el rector de la UPC será designado por un periodo de cuatro años.
Meza Daza pidió “se declare el periodo rectoral al que tiene derecho (…) cuatro años, contados a partir del día de su posesión 7 de septiembre de 2017 hasta el 6 de septiembre de 2021”. Y fundamenta su posición en los artículos 13, 40 y 86 de la Constitución Política.
Siendo así y estudiado el caso, la juez Ivette Cecilia Lafaurie Perdomo consideró: “Vemos que en el presente asunto se observa una clara violación al derecho a la igualdad” con Enrique Meza Daza, “toda vez que se están desconociendo algunos precedentes administrativos proferidos por el mismo Consejo Superior Universitario”.
De esa manera, el Juzgado Cuarto Penal Municipal ordenó al Consejo Superior Universitario de la Universidad Popular del Cesar que dentro del término de 48 horas a la notificación de la decisión “deje sin efecto lo dispuesto en el artículo 1 del Acuerdo 022 del 5 de septiembre de 2017 (…) y en consecuencia se decrete que el periodo rectoral al que tiene derecho (Enrique Meza) es de cuatro años, contados a partir del día de su posesión”.
El fallo, en primera instancia, advirtió al Consejo Superior Universitario que el incumplimiento de dicha orden acarrea sanciones.
En un comunicado oficial, Enrique Meza Daza dijo: “La única intensión que motivó y acompañó el ejercicio de la acción de tutela fue la de tener la posibilidad de la reivindicación de mi periodo rectoral personal de cuatro años al que tengo derecho, que me permita la realización y concreción de mi propuesta programática, planeada y formulada para ser ejecutada en cuatro años”.
En la mañana de ayer martes, el Consejo Superior Universitario se reunió de manera extraordinaria para analizar el fallo, pero esta sesión fue suspendida para hoy.
Enrique Meza Daza denunció al Consejo Superior Universitario ante el Juzgado Cuarto Penal Municipal con funciones de control de garantías del Distrito Judicial de Valledupar.
El rector de la Universidad Popular del Cesar (UPC), Enrique Alfonso Meza Daza, fue amparado por una tutela para no dirigir los hilos del centro universitario por un periodo atípico, sino por cuatro años, luego de la salida de Carlos Oñate Gómez en agosto de 2017.
En septiembre de 2017, el Consejo Superior había escogido a Meza Daza para dirigir a la UPC hasta el 6 de julio de 2019, sin embargo, el ingeniero químico unos meses después denunció a quienes lo designaron, en el Juzgado Cuarto Penal Municipal con funciones de control de garantías del Distrito Judicial de Valledupar.
Como accionante de la demanda, aduce que “se le ha vulnerado el Derecho Fundamental a la igualdad y a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político, en su modalidad de elegir y ser elegido”. Basa su requerimiento en que el artículo 1 del Acuerdo 038 del 31 de julio de 2004 establece que el rector de la UPC será designado por un periodo de cuatro años.
Meza Daza pidió “se declare el periodo rectoral al que tiene derecho (…) cuatro años, contados a partir del día de su posesión 7 de septiembre de 2017 hasta el 6 de septiembre de 2021”. Y fundamenta su posición en los artículos 13, 40 y 86 de la Constitución Política.
Siendo así y estudiado el caso, la juez Ivette Cecilia Lafaurie Perdomo consideró: “Vemos que en el presente asunto se observa una clara violación al derecho a la igualdad” con Enrique Meza Daza, “toda vez que se están desconociendo algunos precedentes administrativos proferidos por el mismo Consejo Superior Universitario”.
De esa manera, el Juzgado Cuarto Penal Municipal ordenó al Consejo Superior Universitario de la Universidad Popular del Cesar que dentro del término de 48 horas a la notificación de la decisión “deje sin efecto lo dispuesto en el artículo 1 del Acuerdo 022 del 5 de septiembre de 2017 (…) y en consecuencia se decrete que el periodo rectoral al que tiene derecho (Enrique Meza) es de cuatro años, contados a partir del día de su posesión”.
El fallo, en primera instancia, advirtió al Consejo Superior Universitario que el incumplimiento de dicha orden acarrea sanciones.
En un comunicado oficial, Enrique Meza Daza dijo: “La única intensión que motivó y acompañó el ejercicio de la acción de tutela fue la de tener la posibilidad de la reivindicación de mi periodo rectoral personal de cuatro años al que tengo derecho, que me permita la realización y concreción de mi propuesta programática, planeada y formulada para ser ejecutada en cuatro años”.
En la mañana de ayer martes, el Consejo Superior Universitario se reunió de manera extraordinaria para analizar el fallo, pero esta sesión fue suspendida para hoy.