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Columnista - 2 diciembre, 2017

Fue un buen año para los Consumidores de Vehículos

Es tiempo de hacer balance, y el de la Protección del Consumidor en la Superintendencia de Industria y Comercio es más o menos positivo, porque este año se pusieron al día con los expedientes atrasados de las demandas de los consumidores insatisfechos con sus vehículos o con la información que le suministraron al vendérselos. Ahora […]

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Es tiempo de hacer balance, y el de la Protección del Consumidor en la Superintendencia de Industria y Comercio es más o menos positivo, porque este año se pusieron al día con los expedientes atrasados de las demandas de los consumidores insatisfechos con sus vehículos o con la información que le suministraron al vendérselos.

Ahora una demanda se resuelve en 3 o 4 meses, que es el tiempo que toma revisarla para admitirla o para pedirle al demandante que la subsane, correrle traslado al concesionario y/o la marca demandados para que se defiendan, correrle traslado al demandante para que opine sobre lo que dijeron, y citar a la audiencia en el que se define el castañar de dientes.

Los abogados de la SIC en función de jueces no escatiman esfuerzos por llegar a la verdad de los hechos, sin dejarse impresionar por los discursos de los demandantes o por los autoelogios de las demandadas, concentrándose en lo que diga el peritaje que hayan aportado con la demanda o al contestarla y en las ordenes de servicios de las entradas del vehículo al taller, o en la grabación de lo que decía el vendedor cuando se negoció el vehículo.

En general estos jueces hacen bien su tarea, y sus fallos corresponden a la realidad de los hechos, pero no falta el funcionario que cree que su misión es hacer que el concesionario y la marca escarmienten dictándoles una sentencia que ordena cambiar el vehículo por uno nuevo o devolverle el parné al comprador, a veces adobada con una multa por presunta temeridad al no haber atendido la garantía del vehículo en forma oportuna y diligente.

Las marcas y los concesionarios han tenido la oportunidad de poner a prueba los procedimientos y precauciones que han implementado para evitar que llegado el momento prime lo aparente sobre lo real, pues es sabido que los conflictos con los consumidores se definen con base en las pruebas que obran en el expediente, y no en supuestos e hidalgos de otras épocas.

Los Jueces de Segunda Instancia, Jueces Civiles del Circuito de Bogotá o el Tribunal Superior de Bogotá, han demostrado que ya no les es extraño el régimen legal de la Protección al Consumidor, e igualmente se pronunciaron con sentencias que les dan confianza a las partes y no están orientadas con el corazón.

En general fue un año bueno, en que los consumidores, las marcas y los concesionarios gozaron de suficientes garantías para hacer valer sus derechos, sin influencias políticas o de otro género, porque en eso la Superintendencia de Industria y Comercio es un modelo de seriedad y trasparencia, que debían imitar otros sectores del país.

Rodrigo Bueno

Columnista
2 diciembre, 2017

Fue un buen año para los Consumidores de Vehículos

Feel the sand on your feet, not your wardrobe weight.
Rodrigo Bueno Vásquez

Es tiempo de hacer balance, y el de la Protección del Consumidor en la Superintendencia de Industria y Comercio es más o menos positivo, porque este año se pusieron al día con los expedientes atrasados de las demandas de los consumidores insatisfechos con sus vehículos o con la información que le suministraron al vendérselos. Ahora […]


Es tiempo de hacer balance, y el de la Protección del Consumidor en la Superintendencia de Industria y Comercio es más o menos positivo, porque este año se pusieron al día con los expedientes atrasados de las demandas de los consumidores insatisfechos con sus vehículos o con la información que le suministraron al vendérselos.

Ahora una demanda se resuelve en 3 o 4 meses, que es el tiempo que toma revisarla para admitirla o para pedirle al demandante que la subsane, correrle traslado al concesionario y/o la marca demandados para que se defiendan, correrle traslado al demandante para que opine sobre lo que dijeron, y citar a la audiencia en el que se define el castañar de dientes.

Los abogados de la SIC en función de jueces no escatiman esfuerzos por llegar a la verdad de los hechos, sin dejarse impresionar por los discursos de los demandantes o por los autoelogios de las demandadas, concentrándose en lo que diga el peritaje que hayan aportado con la demanda o al contestarla y en las ordenes de servicios de las entradas del vehículo al taller, o en la grabación de lo que decía el vendedor cuando se negoció el vehículo.

En general estos jueces hacen bien su tarea, y sus fallos corresponden a la realidad de los hechos, pero no falta el funcionario que cree que su misión es hacer que el concesionario y la marca escarmienten dictándoles una sentencia que ordena cambiar el vehículo por uno nuevo o devolverle el parné al comprador, a veces adobada con una multa por presunta temeridad al no haber atendido la garantía del vehículo en forma oportuna y diligente.

Las marcas y los concesionarios han tenido la oportunidad de poner a prueba los procedimientos y precauciones que han implementado para evitar que llegado el momento prime lo aparente sobre lo real, pues es sabido que los conflictos con los consumidores se definen con base en las pruebas que obran en el expediente, y no en supuestos e hidalgos de otras épocas.

Los Jueces de Segunda Instancia, Jueces Civiles del Circuito de Bogotá o el Tribunal Superior de Bogotá, han demostrado que ya no les es extraño el régimen legal de la Protección al Consumidor, e igualmente se pronunciaron con sentencias que les dan confianza a las partes y no están orientadas con el corazón.

En general fue un año bueno, en que los consumidores, las marcas y los concesionarios gozaron de suficientes garantías para hacer valer sus derechos, sin influencias políticas o de otro género, porque en eso la Superintendencia de Industria y Comercio es un modelo de seriedad y trasparencia, que debían imitar otros sectores del país.

Rodrigo Bueno