El ministerio público considera que la vacuna debe ser administrado a las niñas entre los 9 y los 17 años, sin importar si están o no están estudiando.
Las niñas no escolarizadas también deben ser vacunadas contra el virus del papiloma humano (VPH) aun cuando la Ley 1626 de 2013 solamente se refiera expresamente a las “niñas entre cuarto grado de básica primaria y séptimo grado de básica secundaria”. Así lo dio a conocer la Procuraduría General de la Nación.
La procuradora Martha Isabel Castañeda Curvelo solicita a la Corte Constitucional que considere exequible la expresión usada en la norma, pero en el entendido de que incluye a todas las niñas entre los 9 y los 17 años, al margen de si están o no estudiando.
El ministerio público advierte que, si se declarara inexequible, se “eliminaría la identificación de los sujetos a los cuales se dirige la vacunación gratuita contra el VPH” y, de ese modo, ocasionaría inequidad y desprotección de la población que podría beneficiarse.
La Ley 1626 del 30 de abril de 2013 estableció medidas integrales para la prevención del cáncer de cuello del útero, entre las cuales incluyó la vacunación gratuita y obligatoria contra el VPH.
Aunque la Procuraduría reconoce que la redacción de la ley puede amenazar el derecho a la salud de las menores no escolarizadas, señala que “todas las niñas, sin importar si están o no vinculadas a una institución educativa, son sujetos de especial protección del Estado y deben ser tratadas en igualdad de condiciones”. También considera que ellas “conforman un grupo poblacional que, por razón de su edad, sexo y su vulnerabilidad, se encuentran en un estado de debilidad manifiesta”.
La procuradora Castañeda Curvelo destaca que en la reglamentación de la ley el Ministerio de Salud y Protección Social “parece haber advertido dicha falencia normativa” y por eso, desde 2014, hizo extensiva la vacunación a las niñas no escolarizadas entre los 9 y los 17 años.
La vacuna contra el virus del papiloma humano, desarrollada para prevenir el cáncer de cuello del útero, fue aprobada en Colombia en 2008, y desde 2012 está en el Programa Ampliado de Inmunizaciones (PAI). Su administración busca prevenir una infección que cada año provoca unos 4.700 casos de cáncer en el país.
El ministerio público considera que la vacuna debe ser administrado a las niñas entre los 9 y los 17 años, sin importar si están o no están estudiando.
Las niñas no escolarizadas también deben ser vacunadas contra el virus del papiloma humano (VPH) aun cuando la Ley 1626 de 2013 solamente se refiera expresamente a las “niñas entre cuarto grado de básica primaria y séptimo grado de básica secundaria”. Así lo dio a conocer la Procuraduría General de la Nación.
La procuradora Martha Isabel Castañeda Curvelo solicita a la Corte Constitucional que considere exequible la expresión usada en la norma, pero en el entendido de que incluye a todas las niñas entre los 9 y los 17 años, al margen de si están o no estudiando.
El ministerio público advierte que, si se declarara inexequible, se “eliminaría la identificación de los sujetos a los cuales se dirige la vacunación gratuita contra el VPH” y, de ese modo, ocasionaría inequidad y desprotección de la población que podría beneficiarse.
La Ley 1626 del 30 de abril de 2013 estableció medidas integrales para la prevención del cáncer de cuello del útero, entre las cuales incluyó la vacunación gratuita y obligatoria contra el VPH.
Aunque la Procuraduría reconoce que la redacción de la ley puede amenazar el derecho a la salud de las menores no escolarizadas, señala que “todas las niñas, sin importar si están o no vinculadas a una institución educativa, son sujetos de especial protección del Estado y deben ser tratadas en igualdad de condiciones”. También considera que ellas “conforman un grupo poblacional que, por razón de su edad, sexo y su vulnerabilidad, se encuentran en un estado de debilidad manifiesta”.
La procuradora Castañeda Curvelo destaca que en la reglamentación de la ley el Ministerio de Salud y Protección Social “parece haber advertido dicha falencia normativa” y por eso, desde 2014, hizo extensiva la vacunación a las niñas no escolarizadas entre los 9 y los 17 años.
La vacuna contra el virus del papiloma humano, desarrollada para prevenir el cáncer de cuello del útero, fue aprobada en Colombia en 2008, y desde 2012 está en el Programa Ampliado de Inmunizaciones (PAI). Su administración busca prevenir una infección que cada año provoca unos 4.700 casos de cáncer en el país.