Publicidad
Categorías
Categorías
Política - 17 diciembre, 2016

Consejo de Estado anuló elección de contralor de Valledupar

Según la sentencia, los concejales no respetaron el concurso de mérito y eligieron en el cargo al aspirante con menor puntaje.

Desde el inicio, la elección de Álvaro Castilla Fragozo ha tenido muchos traspiés y que puso a tambalear a 15 de los 19 concejales de Valledupar.
Desde el inicio, la elección de Álvaro Castilla Fragozo ha tenido muchos traspiés y que puso a tambalear a 15 de los 19 concejales de Valledupar.
Boton Wpp

La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en fallo de segunda instancia declaró la nulidad de la elección del contralor municipal de Valledupar, Álvaro Luis Castilla Fragozo, por haber sido elegido con infracción de las normas.

Este fallo obedece a una demanda interpuesta por Omar Contreras Socarrás, quien era aspirante al cargo y consideró que claramente dentro del proceso de elección de contralor municipal por parte del Concejo Municipal, el marco jurídico que la misma corporación creó, el correspondía a un concurso de mérito.

“Demandamos la elección de Álvaro Castilla por cuanto entendimos, en ese sentido, que se conoció una lista de elegibles y el Concejo estaba obligado a respetar el orden de los resultados, porque se trataba de un concurso de méritos. El Concejo no atendió ese orden de elegibilidad y eligió a la persona que quedó en el último puesto, cuando debió ser Omar Contreras por haber ocupado el primer puesto”, explicó Adel Toloza, abogado demandante.

De esta manera, la Sala de lo Contencioso Administrativo resolvió el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia denegatoria de pretensiones, proferida el 21 de septiembre de 2016 por el Tribunal Administrativo del Cesar. En ese momento el magistrado ponente del Tribunal, resolvió declarar saneado el trámite por no advertir ninguna causal de nulidad, y precisó que para lograr tal determinación era necesario establecer si las reglas de la convocatoria y el concepto emitido por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado y el Concejo Municipal de Valledupar, en aplicación de la referida analogía en los casos de elecciones de contralores debía designar al primero de la lista o por tratarse de una convocatoria pública no era imperioso ni obligatorio el orden de elegibilidad.

Sin embargo, Omar Contreras insistió que debía declararse la nulidad del acto de elección y procederse a la realización de la misma con fundamento en el orden de elegibilidad establecido de acuerdo con las reglas de la convocatoria pública.

De esta manera el Consejo de Estado en fallo de segunda instancia ordenó la anulación de la elección y contra esa decisión cual no cabe ningún recurso.

Proceso

Durante el proceso, el demandante explicó que el Concejo de Valledupar adelantó la convocatoria pública con apoyo de la Universidad Autónoma del Caribe, y luego de haberse adelantado el proceso de inscripción de candidatos se publicó la lista de las 25 personas inscritas y admitidas.

Con ellas se adelantó el procedimiento concerniente con el análisis de los antecedentes académicos y de experiencias, la realización de las entrevistas y la sustentación del programa de gestión. Se entregaron los resultados de la selección y en cumplimiento de la convocatoria se destaca que quienes obtuvieron los tres mejores puntajes fueron: Omar Javier Contreras Socarrás con 89.65%, Jorge Arturo Araújo Ramírez con 88.20% y Álvaro Luis Castilla Fragozo con 80.45%.

Es así como el alto tribunal ordena que como consecuencia de la declaratoria de nulidad, el Concejo Municipal debe realizar una nueva elección del Contralor Municipal de Valledupar, de la lista de elegibles realizada para tal efecto, respetando el orden de elegibilidad establecida en la misma en aplicación de las reglas establecidas en la convocatoria pública establecida para el período 2016-2019.

“El Concejo debe hacer una sesión especial para darle cumplimiento al fallo, es decir que la misma sentencia dice que la corporación debió elegir a Omar Contreras como contralor y no a Álvaro Castilla”, dijo Adel Toloza.

EL PILÓN intentó conocer el pronunciamiento del presidente del Concejo de Valledupar, sobre el fallo que tumba el cuestionado proceso de elección de contralor, pero este aseguró que aún no había sido notificado. Por su parte, Álvaro Castillo no contestó las llamadas telefónicas.

Cabe aclarar que este fallo no tiene nada que ver con el presunto conflicto de intereses que investigó la Procuraduría en contra de 15 de los 19 concejales de Valledupar que eligieron al contralor; caso polémico porque fueron destituidos y luego el mismo Ministerio Público los absolvió.

Según el fallo del Consejo de Estado, los 15 de los 19 concejales que eligieron a Álvaro Castilla Fragozo como contralor de Valledupar, no tuvieron en cuenta que tras la convocatoria para ocupar el cargo, se llevó a cabo un concurso de méritos, quedando tres elegibles, de los Castilla fue el que obtuvo menos puntuación.

Andreina Bandera / EL PILÓN
[email protected]

 

Política
17 diciembre, 2016

Consejo de Estado anuló elección de contralor de Valledupar

Según la sentencia, los concejales no respetaron el concurso de mérito y eligieron en el cargo al aspirante con menor puntaje.


Desde el inicio, la elección de Álvaro Castilla Fragozo ha tenido muchos traspiés y que puso a tambalear a 15 de los 19 concejales de Valledupar.
Desde el inicio, la elección de Álvaro Castilla Fragozo ha tenido muchos traspiés y que puso a tambalear a 15 de los 19 concejales de Valledupar.
Boton Wpp

La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en fallo de segunda instancia declaró la nulidad de la elección del contralor municipal de Valledupar, Álvaro Luis Castilla Fragozo, por haber sido elegido con infracción de las normas.

Este fallo obedece a una demanda interpuesta por Omar Contreras Socarrás, quien era aspirante al cargo y consideró que claramente dentro del proceso de elección de contralor municipal por parte del Concejo Municipal, el marco jurídico que la misma corporación creó, el correspondía a un concurso de mérito.

“Demandamos la elección de Álvaro Castilla por cuanto entendimos, en ese sentido, que se conoció una lista de elegibles y el Concejo estaba obligado a respetar el orden de los resultados, porque se trataba de un concurso de méritos. El Concejo no atendió ese orden de elegibilidad y eligió a la persona que quedó en el último puesto, cuando debió ser Omar Contreras por haber ocupado el primer puesto”, explicó Adel Toloza, abogado demandante.

De esta manera, la Sala de lo Contencioso Administrativo resolvió el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia denegatoria de pretensiones, proferida el 21 de septiembre de 2016 por el Tribunal Administrativo del Cesar. En ese momento el magistrado ponente del Tribunal, resolvió declarar saneado el trámite por no advertir ninguna causal de nulidad, y precisó que para lograr tal determinación era necesario establecer si las reglas de la convocatoria y el concepto emitido por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado y el Concejo Municipal de Valledupar, en aplicación de la referida analogía en los casos de elecciones de contralores debía designar al primero de la lista o por tratarse de una convocatoria pública no era imperioso ni obligatorio el orden de elegibilidad.

Sin embargo, Omar Contreras insistió que debía declararse la nulidad del acto de elección y procederse a la realización de la misma con fundamento en el orden de elegibilidad establecido de acuerdo con las reglas de la convocatoria pública.

De esta manera el Consejo de Estado en fallo de segunda instancia ordenó la anulación de la elección y contra esa decisión cual no cabe ningún recurso.

Proceso

Durante el proceso, el demandante explicó que el Concejo de Valledupar adelantó la convocatoria pública con apoyo de la Universidad Autónoma del Caribe, y luego de haberse adelantado el proceso de inscripción de candidatos se publicó la lista de las 25 personas inscritas y admitidas.

Con ellas se adelantó el procedimiento concerniente con el análisis de los antecedentes académicos y de experiencias, la realización de las entrevistas y la sustentación del programa de gestión. Se entregaron los resultados de la selección y en cumplimiento de la convocatoria se destaca que quienes obtuvieron los tres mejores puntajes fueron: Omar Javier Contreras Socarrás con 89.65%, Jorge Arturo Araújo Ramírez con 88.20% y Álvaro Luis Castilla Fragozo con 80.45%.

Es así como el alto tribunal ordena que como consecuencia de la declaratoria de nulidad, el Concejo Municipal debe realizar una nueva elección del Contralor Municipal de Valledupar, de la lista de elegibles realizada para tal efecto, respetando el orden de elegibilidad establecida en la misma en aplicación de las reglas establecidas en la convocatoria pública establecida para el período 2016-2019.

“El Concejo debe hacer una sesión especial para darle cumplimiento al fallo, es decir que la misma sentencia dice que la corporación debió elegir a Omar Contreras como contralor y no a Álvaro Castilla”, dijo Adel Toloza.

EL PILÓN intentó conocer el pronunciamiento del presidente del Concejo de Valledupar, sobre el fallo que tumba el cuestionado proceso de elección de contralor, pero este aseguró que aún no había sido notificado. Por su parte, Álvaro Castillo no contestó las llamadas telefónicas.

Cabe aclarar que este fallo no tiene nada que ver con el presunto conflicto de intereses que investigó la Procuraduría en contra de 15 de los 19 concejales de Valledupar que eligieron al contralor; caso polémico porque fueron destituidos y luego el mismo Ministerio Público los absolvió.

Según el fallo del Consejo de Estado, los 15 de los 19 concejales que eligieron a Álvaro Castilla Fragozo como contralor de Valledupar, no tuvieron en cuenta que tras la convocatoria para ocupar el cargo, se llevó a cabo un concurso de méritos, quedando tres elegibles, de los Castilla fue el que obtuvo menos puntuación.

Andreina Bandera / EL PILÓN
[email protected]