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Columnista - 12 noviembre, 2014

Día Nacional del Derecho a la Vida

Mediante la Ley 1056 del 2006 se honra la memoria de los magistrados y servidores públicos, víctimas del holocausto del Palacio de Justicia, ocurrido durante los días seis y siete de noviembre de 1985. Por esta Ley se declara el día seis de noviembre de cada año como día del Derecho a la Vida. El […]

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Mediante la Ley 1056 del 2006 se honra la memoria de los magistrados y servidores públicos, víctimas del holocausto del Palacio de Justicia, ocurrido durante los días seis y siete de noviembre de 1985. Por esta Ley se declara el día seis de noviembre de cada año como día del Derecho a la Vida. El Derecho a la Vida es el derecho que se le reconoce a cualquier ser humano, revista cualquier condición, raza, género, religión. Así se debe entender, así se debe asimilar por todos.

La toma del Palacio de Justicia en Bogotá fue un asalto perpetrado el seis de noviembre de 1985 por integrantes del M-19, ubicado frente al Congreso de la República y la Casa de Nariño, sede de Gobierno. El M-19 mantuvo aproximadamente 350 rehenes entre Magistrados, Consejeros de Estado, empleados judiciales y visitantes. Los hechos culminaron 27 horas después, dejando un saldo de 98 muertos, entre ellos 11 Magistrados. Esta toma fue calificada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos como un holocausto o masacre. Aún existe incertidumbre de lo sucedido allí y lo que le ocurrió a los desaparecidos, ya que existen testimonios y registros fílmicos de ellos que salieron vivos del Palacio. El Estado colombiano asumió gastos no solo de la reconstrucción del Palacio de Justicia, sino en demandas que ha tenido que enfrentar ante la C.I.D.H., por reparación de las víctimas y desaparecidos que se calculan en unos 50 mil millones de pesos. Se acabó allí una cultura jurídica.

Este hecho bastante lamentable que marcó la historia de Colombia, 21 años después es tenido en cuenta para honrar la memoria de los fallecidos en ese estrado judicial y determinar con la Ley en referencia el día Nacional del Derecho a la Vida. Pero analizando bien y siendo razonables, la vida es lo más valioso para cualquier ser humano. Es el súper derecho que soporta los demás derechos que la persona pueda lograr durante su existencia, derecho al que no le hemos dado el valor real; de ahí que muchos van disponiendo de la vida de otros como si se realizara un simple negocio. Debemos inculcar al máximo el respeto a la vida, así lo debemos concebir, tener siempre en nuestras mentes, especialmente aquellos que maquinan al sicario para acabarla con violencia.
El respeto es bastante difícil de entender para muchos. El Artículo 11 de la Constitución de Colombia expresa que el “Derecho a la Vida es inviolable”, además no habrá pena de muerte en nuestro país. Entre los derechos humanos la vida mantiene transcendental importancia, ya que no tendría sentido garantizar la honra, bienes y otros aspectos si la persona esta fallecida. La anterior disposición constitucional es tomada básicamente de la Declaración Universal de Derechos Humanos.
[email protected]

Columnista
12 noviembre, 2014

Día Nacional del Derecho a la Vida

Feel the sand on your feet, not your wardrobe weight.
Jairo Franco Salas

Mediante la Ley 1056 del 2006 se honra la memoria de los magistrados y servidores públicos, víctimas del holocausto del Palacio de Justicia, ocurrido durante los días seis y siete de noviembre de 1985. Por esta Ley se declara el día seis de noviembre de cada año como día del Derecho a la Vida. El […]


Mediante la Ley 1056 del 2006 se honra la memoria de los magistrados y servidores públicos, víctimas del holocausto del Palacio de Justicia, ocurrido durante los días seis y siete de noviembre de 1985. Por esta Ley se declara el día seis de noviembre de cada año como día del Derecho a la Vida. El Derecho a la Vida es el derecho que se le reconoce a cualquier ser humano, revista cualquier condición, raza, género, religión. Así se debe entender, así se debe asimilar por todos.

La toma del Palacio de Justicia en Bogotá fue un asalto perpetrado el seis de noviembre de 1985 por integrantes del M-19, ubicado frente al Congreso de la República y la Casa de Nariño, sede de Gobierno. El M-19 mantuvo aproximadamente 350 rehenes entre Magistrados, Consejeros de Estado, empleados judiciales y visitantes. Los hechos culminaron 27 horas después, dejando un saldo de 98 muertos, entre ellos 11 Magistrados. Esta toma fue calificada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos como un holocausto o masacre. Aún existe incertidumbre de lo sucedido allí y lo que le ocurrió a los desaparecidos, ya que existen testimonios y registros fílmicos de ellos que salieron vivos del Palacio. El Estado colombiano asumió gastos no solo de la reconstrucción del Palacio de Justicia, sino en demandas que ha tenido que enfrentar ante la C.I.D.H., por reparación de las víctimas y desaparecidos que se calculan en unos 50 mil millones de pesos. Se acabó allí una cultura jurídica.

Este hecho bastante lamentable que marcó la historia de Colombia, 21 años después es tenido en cuenta para honrar la memoria de los fallecidos en ese estrado judicial y determinar con la Ley en referencia el día Nacional del Derecho a la Vida. Pero analizando bien y siendo razonables, la vida es lo más valioso para cualquier ser humano. Es el súper derecho que soporta los demás derechos que la persona pueda lograr durante su existencia, derecho al que no le hemos dado el valor real; de ahí que muchos van disponiendo de la vida de otros como si se realizara un simple negocio. Debemos inculcar al máximo el respeto a la vida, así lo debemos concebir, tener siempre en nuestras mentes, especialmente aquellos que maquinan al sicario para acabarla con violencia.
El respeto es bastante difícil de entender para muchos. El Artículo 11 de la Constitución de Colombia expresa que el “Derecho a la Vida es inviolable”, además no habrá pena de muerte en nuestro país. Entre los derechos humanos la vida mantiene transcendental importancia, ya que no tendría sentido garantizar la honra, bienes y otros aspectos si la persona esta fallecida. La anterior disposición constitucional es tomada básicamente de la Declaración Universal de Derechos Humanos.
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