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General - 3 noviembre, 2013

Todo deudor tiene protección, Leovedis Martínez y su nuevo libro

EL PILÓN habló con Leovedis Martínez, experto en leyes nativo de Valledupar y que recientemente ha lanzado un libro sobre Derecho Concursal.

Leovedis Martínez. Cortesía.
Leovedis Martínez. Cortesía.
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Leovedis Martínez, raizal vallenato, experto en Derecho, ahora se mueve entre su natal ciudad y la fría Bogotá, donde permanece más tiempo. Conserva su afición por los libros y ha lanzado esta semana, de  su autoría, uno que aborda un tema de su interés como el Derecho Concursal. Será su segunda publicación sobre el asunto. Ha combinado su elaboración y el aprendizaje continuo del Derecho con su actividad como notario en la capital. Aún le deja un tiempo a otra cosa que lo entusiasma: la cátedra. El PILÓN lo ubicó para saber de su proyecto y cómo siente un vallenato su vida en la capital.

E.P: ¿Cómo es la vida en la Notaría en Bogotá?

LM: La vida en la Notaría transcurre durante la totalidad de la jornada laboral, se labora en jornada continua y por eso nada de siestas. La atención permanente a los usuarios demanda del notario, su dedicación de tiempo completo, lo que impide salir de la notaría durante el día.

E.P: Si le queda tiempo con lo complicada que se ha vuelto la capital?

LM: La disposición del tiempo es escasa, por eso es necesario aprovechar el poco tiempo libre, de la mejor manera posible

E.P: Háblenos de  su nueva publicación.  ¿Qué materia aborda?

LM: He elaborado un texto sobre la “Insolvencia de la persona natural No Comerciante” y ese es el título del libro. Se trata de un texto guía para orientar, en primer lugar, al ciudadano del común acerca de la  manera como puede solicitar su admisión a un trámite de insolvencia; para los notarios, y conciliadores, quienes tienen la competencia para adelantar ese trámite, en la manera de adelantar el trámite, a los acreedores, sobre cómo hacer valer sus derechos en ese trámite, y para abogados y jueces, en las tareas que a ellos les corresponde en el mismo.

E.P: ¿Nos puede explicar en qué consiste esa insolvencia, tema de su libro?

LM: Lo primero que se debe advertir es que se trata de una nueva figura jurídica que busca proteger a ese deudor que es persona natural no comerciante, y que se encuentra agobiado por las deudas. Desde siempre, el comerciante ha tenido acceso a mecanismos que le permiten resolver sus crisis económicas, lo que ha sido extraño a la persona natural. Así, en el Código General del Proceso, la ley 1564 de año pasado, se introdujo la figura de la insolvencia de la persona natural no comerciante. A ella acceden quienes no tengan la calidad de comerciantes y además no sean controlantes de sociedades de cualquier tipo. Se trata de citar a los acreedores a una conciliación para llegar a un acuerdo con ellos. 

E.P: ¿Y ese trámite, ante quien se adelanta?

LM: Son competentes para conocer de este trámite el notario del domicilio del deudor o un centro de conciliación autorizado por el Ministerio de Justicia para conocer de él. 

E.P: ¿Cuál es la duración del trámite de insolvencia?

LM: El acuerdo debe celebrase en el plazo de sesenta días, plazo que puede ser prorrogado hasta noventa días con el voto favorable de acreedores que representen por lo menos el 60% del valor del capital de los créditos y el deudor. 

-E.P: ¿Y qué pasa si en ese plazo no se llega a un acuerdo?

LM: Si no se llega a un acuerdo porque no es posible acordar los plazos y términos de los pagos, se procede a remitir la actuación al juez civil municipal del domicilio del deudor para que adelante la liquidación patrimonial del mismo, liquidación en la que se van a adjudicar los bienes del deudor a sus acreedores.

-E.P: Habrá casos en los que los acreedores se opongan a algunos créditos presentados por el deudor, ¿cómo se hace eso?

 LM: En la audiencia de negociación lo primero que se hace, una vez verificada la existencia de quorum para deliberar, que es de la mayoría absoluta del monto de los créditos, por capital, es presentar el deudor a los acreedores la relación de esas deudas. Ellos allí podrán presentar sus objeciones. Si no se concilian esas objeciones entonces se le envía el trámite al juez civil municipal para que las resuelva de plano y mediante auto que carece de recursos. Devuelta la decisión del juez se procede a la negociación de las deudas y si hay acuerdos se procede a la ejecución de ese acuerdo.

E.P: ¿No le parece que esa institución favorece a los pícaros?

LM: Es posible. Sin embargo, es necesario tener en cuenta que estamos inmersos en una sociedad de consumo que fomenta el endeudamiento y fácilmente llegan personas honestas, serias, responsables, que han sido buenos pagadores en situaciones de crisis, las que pueden resolver mediante este mecanismo de negociación. Se trata de acordar con los deudores la forma de pagar, brindando facilidades al deudor, libre de coacciones y presiones en muchos casos indebidas.

No se le olvide que para los comerciantes siempre han existido instituciones que le permitieron salir de sus crisis, como el concordato, la quiebra, la reestructuración económica y hay la insolvencia para los comerciantes que cobija a empresas y a personas naturales que ejercen el comercio. Entonces, no se ve la razón para que quien no ejerce profesionalmente el comercio pero que se encuentra sobreendeudado no pueda acceder a un mecanismo para tratar de superar su penosa situación económica. 

E.P: Por su experiencia, ¿qué recomienda para superar la congestión judicial?

LM: La congestión judicial es un fenómeno estructural de la justicia. Para superarla se requiere de una actividad multilateral. Hay que trabajar la mentalidad de los empleados y funcionarios judiciales, se precisa incrementar el número de jueces y empleados para que la carga laboral no desborde la capacidad de evacuación, se requiere que el presupuesto de la rama judicial se enfoque a resolver los verdaderos problemas de ésta y no se distraigan en actividades que no redundan en una prestación eficaz y eficiente de ese servicio público, y es necesario que el Estado intervenga en la formación de los abogados a fin de que se fomente la concertación, la composición y la conciliación de los pleitos, lo que es un fenómeno cultural. Es también un problema de educación.

E.P: ¿Qué recomienda a los estudiantes del derecho en Valledupar?

LM: A los estudiantes, que se preocupen por la investigación. Una buena preparación los hace competitivos.

E.P: ¿No cree que hay muchos abogados?

LM: Es un tema recurrente. Se dice que hay exceso de abogados, sin embargo, muchas personas no pueden hacer valer sus derechos por no tener acceso a un abogado. Se dice también que hay muchos médicos y mucha gente muere en las puertas de los hospitales por falta de médicos que les atiendan. Son problemas de acceso a los profesionales y de distribución de los mismos, los que se concentran en los centros y abandonan la periferia.

"En Valledupar estudiaba el Derecho, ejercía la magistratura en la Sala Civil del Tribunal, dictaba clases, escribía mi columna en El Pilón, estudiaba y departía con los amigos. En Bogotá me toca atender a los clientes de la Notaría y manejar el Derecho Notarial y Registral. Vienen de todas las regiones, en esa plurirregión en que se convirtió la capital de la República".

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3 noviembre, 2013

Todo deudor tiene protección, Leovedis Martínez y su nuevo libro

EL PILÓN habló con Leovedis Martínez, experto en leyes nativo de Valledupar y que recientemente ha lanzado un libro sobre Derecho Concursal.


Leovedis Martínez. Cortesía.
Leovedis Martínez. Cortesía.
Boton Wpp

Leovedis Martínez, raizal vallenato, experto en Derecho, ahora se mueve entre su natal ciudad y la fría Bogotá, donde permanece más tiempo. Conserva su afición por los libros y ha lanzado esta semana, de  su autoría, uno que aborda un tema de su interés como el Derecho Concursal. Será su segunda publicación sobre el asunto. Ha combinado su elaboración y el aprendizaje continuo del Derecho con su actividad como notario en la capital. Aún le deja un tiempo a otra cosa que lo entusiasma: la cátedra. El PILÓN lo ubicó para saber de su proyecto y cómo siente un vallenato su vida en la capital.

E.P: ¿Cómo es la vida en la Notaría en Bogotá?

LM: La vida en la Notaría transcurre durante la totalidad de la jornada laboral, se labora en jornada continua y por eso nada de siestas. La atención permanente a los usuarios demanda del notario, su dedicación de tiempo completo, lo que impide salir de la notaría durante el día.

E.P: Si le queda tiempo con lo complicada que se ha vuelto la capital?

LM: La disposición del tiempo es escasa, por eso es necesario aprovechar el poco tiempo libre, de la mejor manera posible

E.P: Háblenos de  su nueva publicación.  ¿Qué materia aborda?

LM: He elaborado un texto sobre la “Insolvencia de la persona natural No Comerciante” y ese es el título del libro. Se trata de un texto guía para orientar, en primer lugar, al ciudadano del común acerca de la  manera como puede solicitar su admisión a un trámite de insolvencia; para los notarios, y conciliadores, quienes tienen la competencia para adelantar ese trámite, en la manera de adelantar el trámite, a los acreedores, sobre cómo hacer valer sus derechos en ese trámite, y para abogados y jueces, en las tareas que a ellos les corresponde en el mismo.

E.P: ¿Nos puede explicar en qué consiste esa insolvencia, tema de su libro?

LM: Lo primero que se debe advertir es que se trata de una nueva figura jurídica que busca proteger a ese deudor que es persona natural no comerciante, y que se encuentra agobiado por las deudas. Desde siempre, el comerciante ha tenido acceso a mecanismos que le permiten resolver sus crisis económicas, lo que ha sido extraño a la persona natural. Así, en el Código General del Proceso, la ley 1564 de año pasado, se introdujo la figura de la insolvencia de la persona natural no comerciante. A ella acceden quienes no tengan la calidad de comerciantes y además no sean controlantes de sociedades de cualquier tipo. Se trata de citar a los acreedores a una conciliación para llegar a un acuerdo con ellos. 

E.P: ¿Y ese trámite, ante quien se adelanta?

LM: Son competentes para conocer de este trámite el notario del domicilio del deudor o un centro de conciliación autorizado por el Ministerio de Justicia para conocer de él. 

E.P: ¿Cuál es la duración del trámite de insolvencia?

LM: El acuerdo debe celebrase en el plazo de sesenta días, plazo que puede ser prorrogado hasta noventa días con el voto favorable de acreedores que representen por lo menos el 60% del valor del capital de los créditos y el deudor. 

-E.P: ¿Y qué pasa si en ese plazo no se llega a un acuerdo?

LM: Si no se llega a un acuerdo porque no es posible acordar los plazos y términos de los pagos, se procede a remitir la actuación al juez civil municipal del domicilio del deudor para que adelante la liquidación patrimonial del mismo, liquidación en la que se van a adjudicar los bienes del deudor a sus acreedores.

-E.P: Habrá casos en los que los acreedores se opongan a algunos créditos presentados por el deudor, ¿cómo se hace eso?

 LM: En la audiencia de negociación lo primero que se hace, una vez verificada la existencia de quorum para deliberar, que es de la mayoría absoluta del monto de los créditos, por capital, es presentar el deudor a los acreedores la relación de esas deudas. Ellos allí podrán presentar sus objeciones. Si no se concilian esas objeciones entonces se le envía el trámite al juez civil municipal para que las resuelva de plano y mediante auto que carece de recursos. Devuelta la decisión del juez se procede a la negociación de las deudas y si hay acuerdos se procede a la ejecución de ese acuerdo.

E.P: ¿No le parece que esa institución favorece a los pícaros?

LM: Es posible. Sin embargo, es necesario tener en cuenta que estamos inmersos en una sociedad de consumo que fomenta el endeudamiento y fácilmente llegan personas honestas, serias, responsables, que han sido buenos pagadores en situaciones de crisis, las que pueden resolver mediante este mecanismo de negociación. Se trata de acordar con los deudores la forma de pagar, brindando facilidades al deudor, libre de coacciones y presiones en muchos casos indebidas.

No se le olvide que para los comerciantes siempre han existido instituciones que le permitieron salir de sus crisis, como el concordato, la quiebra, la reestructuración económica y hay la insolvencia para los comerciantes que cobija a empresas y a personas naturales que ejercen el comercio. Entonces, no se ve la razón para que quien no ejerce profesionalmente el comercio pero que se encuentra sobreendeudado no pueda acceder a un mecanismo para tratar de superar su penosa situación económica. 

E.P: Por su experiencia, ¿qué recomienda para superar la congestión judicial?

LM: La congestión judicial es un fenómeno estructural de la justicia. Para superarla se requiere de una actividad multilateral. Hay que trabajar la mentalidad de los empleados y funcionarios judiciales, se precisa incrementar el número de jueces y empleados para que la carga laboral no desborde la capacidad de evacuación, se requiere que el presupuesto de la rama judicial se enfoque a resolver los verdaderos problemas de ésta y no se distraigan en actividades que no redundan en una prestación eficaz y eficiente de ese servicio público, y es necesario que el Estado intervenga en la formación de los abogados a fin de que se fomente la concertación, la composición y la conciliación de los pleitos, lo que es un fenómeno cultural. Es también un problema de educación.

E.P: ¿Qué recomienda a los estudiantes del derecho en Valledupar?

LM: A los estudiantes, que se preocupen por la investigación. Una buena preparación los hace competitivos.

E.P: ¿No cree que hay muchos abogados?

LM: Es un tema recurrente. Se dice que hay exceso de abogados, sin embargo, muchas personas no pueden hacer valer sus derechos por no tener acceso a un abogado. Se dice también que hay muchos médicos y mucha gente muere en las puertas de los hospitales por falta de médicos que les atiendan. Son problemas de acceso a los profesionales y de distribución de los mismos, los que se concentran en los centros y abandonan la periferia.

"En Valledupar estudiaba el Derecho, ejercía la magistratura en la Sala Civil del Tribunal, dictaba clases, escribía mi columna en El Pilón, estudiaba y departía con los amigos. En Bogotá me toca atender a los clientes de la Notaría y manejar el Derecho Notarial y Registral. Vienen de todas las regiones, en esa plurirregión en que se convirtió la capital de la República".