La Contraloría Municipal interpuso una acción popular contra la Rama Judicial del Poder Público (Juez Cuarto Civil del Circuito Adjunto) por un lote de la Terminal de Transporte de Valledupar.
Considerando que se han vulnerado los derechos colectivos del patrimonio público y la moral administrativa, la contralora municipal, Mercedes Vásquez Ramírez, impetró una acción popular contra la Rama Judicial del Poder Público (Juez Cuarto Civil del Circuito Adjunto).
“El órgano de control considera que con la sentencia proferida por el Juzgado en mención -del 28 de noviembre del 2011- donde declara que Dalgi Enith Cohen Vargas adquirió por prescripción extraordinaria de dominio el lote de la Terminal de Transporte de Valledupar, se vulneran los derechos colectivos de los vallenatos”, aseveró Vásquez Ramírez.
La acción judicial persigue ordenar la restitución de las cosas a su estado anterior, dejando sin efecto la sentencia. “Esta medida la tomamos luego que ejerciéramos función de advertencia a la Gerencia del Terminal para que hiciera todas las acciones pertinentes, que muy juiciosa nos acató con denuncias penales por la ocurrencia del hecho, impetrando quejas disciplinarias al Juzgado; e interponiendo una acción de tutela, a la que le hicimos todo el seguimiento”, precisó.
Así han sucedido los hechos
-Dalgis Cohen Vargas interpuso una demanda de pertenencia por prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio contra la Terminal de Transporte de Valledupar, argumentando que tenía posesión del inmueble desde hace más de 10 años.
-La Terminal de Transporte de Valledupar se opuso a la demanda, poniendo de presente que nunca había aceptado actos de posesión o tenencia que le disputaran el dominio que tenía sobre el inmueble, aportando el pago de impuesto predial, así como de servicios domiciliarios.
-El Juzgado Cuarto Civil del Circuito Adjunto de Valledupar falló a favor de Cohen Vargas.
-Al respecto, la Contraloría Municipal considera que el Juez no aplicó los principios de sana crítica en la valoración de las prueba, al no ponderar el pago de impuesto predial de la Terminal.
ANNELISE BARRIGA RAMIREZ
La Contraloría Municipal interpuso una acción popular contra la Rama Judicial del Poder Público (Juez Cuarto Civil del Circuito Adjunto) por un lote de la Terminal de Transporte de Valledupar.
Considerando que se han vulnerado los derechos colectivos del patrimonio público y la moral administrativa, la contralora municipal, Mercedes Vásquez Ramírez, impetró una acción popular contra la Rama Judicial del Poder Público (Juez Cuarto Civil del Circuito Adjunto).
“El órgano de control considera que con la sentencia proferida por el Juzgado en mención -del 28 de noviembre del 2011- donde declara que Dalgi Enith Cohen Vargas adquirió por prescripción extraordinaria de dominio el lote de la Terminal de Transporte de Valledupar, se vulneran los derechos colectivos de los vallenatos”, aseveró Vásquez Ramírez.
La acción judicial persigue ordenar la restitución de las cosas a su estado anterior, dejando sin efecto la sentencia. “Esta medida la tomamos luego que ejerciéramos función de advertencia a la Gerencia del Terminal para que hiciera todas las acciones pertinentes, que muy juiciosa nos acató con denuncias penales por la ocurrencia del hecho, impetrando quejas disciplinarias al Juzgado; e interponiendo una acción de tutela, a la que le hicimos todo el seguimiento”, precisó.
Así han sucedido los hechos
-Dalgis Cohen Vargas interpuso una demanda de pertenencia por prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio contra la Terminal de Transporte de Valledupar, argumentando que tenía posesión del inmueble desde hace más de 10 años.
-La Terminal de Transporte de Valledupar se opuso a la demanda, poniendo de presente que nunca había aceptado actos de posesión o tenencia que le disputaran el dominio que tenía sobre el inmueble, aportando el pago de impuesto predial, así como de servicios domiciliarios.
-El Juzgado Cuarto Civil del Circuito Adjunto de Valledupar falló a favor de Cohen Vargas.
-Al respecto, la Contraloría Municipal considera que el Juez no aplicó los principios de sana crítica en la valoración de las prueba, al no ponderar el pago de impuesto predial de la Terminal.
ANNELISE BARRIGA RAMIREZ