En fallo de segunda instancia, la Procuraduría Provincial de Valledupar ratificó la suspensión por diez meses del concejal del municipio de Becerril, Ronny Andrés Vargas Jiménez.
En fallo de segunda instancia, la Procuraduría Provincial de Valledupar ratificó la suspensión por diez meses del concejal del municipio de Becerril, Ronny Andrés Vargas Jiménez.
La investigación tuvo origen en la queja disciplinaria instaurada en 2016 por el presidente de la corporación, en ese entonces, José Alfredo Alcocer Cárcamo, quien señaló a Vargas de maltrato verbal y de proferir en su contra frases calumniosas, durante las sesiones realizadas el 8 de febrero y el 28 de septiembre de 2016.
Al proferir la decisión en la que halló responsable en primera instancia a Vargas Jiménez, el Ministerio Público indicó que su conducta implicó una falta de respeto para con uno de los integrantes de la mesa directiva de la corporación y su forma de actuar desbordó los límites del buen trato exigible a los servidores públicos, en especial a quienes son elegidos por voto popular.
En consecuencia, la falta fue calificada como grave a título de dolo. El fallo de la Procuraduría fue apelado en la primera instancia por el abogado defensor del concejal sancionado, pero en segunda instancia no procede recurso en la vía gubernativa.
Andreina Bandera / EL PILÓN
[email protected]
En fallo de segunda instancia, la Procuraduría Provincial de Valledupar ratificó la suspensión por diez meses del concejal del municipio de Becerril, Ronny Andrés Vargas Jiménez.
En fallo de segunda instancia, la Procuraduría Provincial de Valledupar ratificó la suspensión por diez meses del concejal del municipio de Becerril, Ronny Andrés Vargas Jiménez.
La investigación tuvo origen en la queja disciplinaria instaurada en 2016 por el presidente de la corporación, en ese entonces, José Alfredo Alcocer Cárcamo, quien señaló a Vargas de maltrato verbal y de proferir en su contra frases calumniosas, durante las sesiones realizadas el 8 de febrero y el 28 de septiembre de 2016.
Al proferir la decisión en la que halló responsable en primera instancia a Vargas Jiménez, el Ministerio Público indicó que su conducta implicó una falta de respeto para con uno de los integrantes de la mesa directiva de la corporación y su forma de actuar desbordó los límites del buen trato exigible a los servidores públicos, en especial a quienes son elegidos por voto popular.
En consecuencia, la falta fue calificada como grave a título de dolo. El fallo de la Procuraduría fue apelado en la primera instancia por el abogado defensor del concejal sancionado, pero en segunda instancia no procede recurso en la vía gubernativa.
Andreina Bandera / EL PILÓN
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