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Columnista - 21 octubre, 2014

Homo homini lupus

La expresión en lengua latina traduce “El hombre es un lobo para el hombre” frase de Plauto (año 200 a.c.) pero exteriorizada por Thomas Hobbes, filósofo del siglo XVIII, para poner de presente que nada nuevo se descubre, cuando se advierte que el peor enemigo del hombre es el propio hombre. El Ministro de Justicia […]

La expresión en lengua latina traduce “El hombre es un lobo para el hombre” frase de Plauto (año 200 a.c.) pero exteriorizada por Thomas Hobbes, filósofo del siglo XVIII, para poner de presente que nada nuevo se descubre, cuando se advierte que el peor enemigo del hombre es el propio hombre.

El Ministro de Justicia Yesid Reyes Alvarado, jurista excepcional, hijo del epónimo e insuperable maestro Alfonso Reyes Echandia procura alcanzar por medio de ley que urgentemente se module la detención preventiva de las personas partes de un proceso penal ante tanta condenas al Estado por injustas privaciones de la libertad. A propósito qué diferencia la del abogado Reyes A., con los mediáticos abogadillos espectáculos que insólitamente deslumbran a algún ignaro estudiante de derecho y al público en general.

Cuando se diserta que la regla general es la libertad del hombre y la excepción la detención preventiva, súbitamente la mirada se topa con el desorbitado y sonreído rostro del estudiante de derecho que por primera vez recibe información de derecho procesal penal entorno de los rasgos estructurales del sistema acusatorio que recoge el Código de Procedimiento Penal Colombiano.

¡Por Dios! qué compromiso enorme tiene la generación que ahora se forma bajo la egida de la sistemática acusatoria frente a la enseñada bajo esquemas inquisitivos. Para estos un “carcelazo no se le niega a nadie” para la nueva generación la libertad personal es tema medular en el ámbito constitucional y siempre a privilegiar la presunción de inocencia. El hombre es sujeto y no objeto de derecho.

Tengo la madurez profesional para venir de insistir que el problema es fundamentalmente del hombre operador del sistema penal, no de la ley ni de la sistemática del enjuiciamiento de las conductas punibles. Es solo aptitud de racionalidad y ponderación. Y menos de hombre lobo u oscuro.

Un Fiscal Delegado coordinador de la investigación penal frente a un delito de hurto calificado y agravado, puede consumir cinco meses de indagación; si opta por hacer imputación cuenta con elementos de conocimiento para hacerlo. Entonces formule la imputación, no solicite detención preventiva y como tiene hasta 90 días para investigar no los utilice todos. Rápidamente acuse y éntrese a la etapa de juzgamiento y en aproximadamente seis meses debe obtenerse la condena y este el momento para encarcelar al vencido en juicio. Así una y otra vez.

Los actuales jueces de control de garantías formados en esquemas inquisitivos que operan la sistemática acusatoria y que hacen ejercicio cotidiano de decretar per se detenciones preventivas, por solicitud de fiscales o las víctimas, descriptivamente se representan en las miserias del proceso penal de Carnelutti, esto es, “el proceso penal no solo hace sufrir a los hombres porque son culpables, sino también para saber si son culpables o son inocentes”.

-“Ese alcalde que defiendes es inocente, pero que sufra un tiempo preso como escarmiento”, me dijo un juez amigo (QEPD). Para él la detención preventiva era castigo anticipado o medida destinada a ejemplarizar. ¿Qué tal?

Desvergüenza que la generación del sistema acusatorio se contagie del encono de la prensa amarillista devoradora de la incineración moral a quien corresponde desarmar las plumas y del populismo penal de los operadores judiciales con mezquinos egos.

De cara al malsano eficientismo penal de “poner preso, por poner preso” nefasto trasunto del derecho penal simbólico, debo cerrar, amigo lector, con la reflexión penetrante del académico Carlos Arturo Gómez Pavajeau para reclamar el desarme epistémico del actual hombre judicial “como forma de catarsis institucional, jurídica y política que nos permita superar el estado esquizofrénico carcelario de nuestra actual judicatura”.

Columnista
21 octubre, 2014

Homo homini lupus

Feel the sand on your feet, not your wardrobe weight.
Hugo Mendoza

La expresión en lengua latina traduce “El hombre es un lobo para el hombre” frase de Plauto (año 200 a.c.) pero exteriorizada por Thomas Hobbes, filósofo del siglo XVIII, para poner de presente que nada nuevo se descubre, cuando se advierte que el peor enemigo del hombre es el propio hombre. El Ministro de Justicia […]


La expresión en lengua latina traduce “El hombre es un lobo para el hombre” frase de Plauto (año 200 a.c.) pero exteriorizada por Thomas Hobbes, filósofo del siglo XVIII, para poner de presente que nada nuevo se descubre, cuando se advierte que el peor enemigo del hombre es el propio hombre.

El Ministro de Justicia Yesid Reyes Alvarado, jurista excepcional, hijo del epónimo e insuperable maestro Alfonso Reyes Echandia procura alcanzar por medio de ley que urgentemente se module la detención preventiva de las personas partes de un proceso penal ante tanta condenas al Estado por injustas privaciones de la libertad. A propósito qué diferencia la del abogado Reyes A., con los mediáticos abogadillos espectáculos que insólitamente deslumbran a algún ignaro estudiante de derecho y al público en general.

Cuando se diserta que la regla general es la libertad del hombre y la excepción la detención preventiva, súbitamente la mirada se topa con el desorbitado y sonreído rostro del estudiante de derecho que por primera vez recibe información de derecho procesal penal entorno de los rasgos estructurales del sistema acusatorio que recoge el Código de Procedimiento Penal Colombiano.

¡Por Dios! qué compromiso enorme tiene la generación que ahora se forma bajo la egida de la sistemática acusatoria frente a la enseñada bajo esquemas inquisitivos. Para estos un “carcelazo no se le niega a nadie” para la nueva generación la libertad personal es tema medular en el ámbito constitucional y siempre a privilegiar la presunción de inocencia. El hombre es sujeto y no objeto de derecho.

Tengo la madurez profesional para venir de insistir que el problema es fundamentalmente del hombre operador del sistema penal, no de la ley ni de la sistemática del enjuiciamiento de las conductas punibles. Es solo aptitud de racionalidad y ponderación. Y menos de hombre lobo u oscuro.

Un Fiscal Delegado coordinador de la investigación penal frente a un delito de hurto calificado y agravado, puede consumir cinco meses de indagación; si opta por hacer imputación cuenta con elementos de conocimiento para hacerlo. Entonces formule la imputación, no solicite detención preventiva y como tiene hasta 90 días para investigar no los utilice todos. Rápidamente acuse y éntrese a la etapa de juzgamiento y en aproximadamente seis meses debe obtenerse la condena y este el momento para encarcelar al vencido en juicio. Así una y otra vez.

Los actuales jueces de control de garantías formados en esquemas inquisitivos que operan la sistemática acusatoria y que hacen ejercicio cotidiano de decretar per se detenciones preventivas, por solicitud de fiscales o las víctimas, descriptivamente se representan en las miserias del proceso penal de Carnelutti, esto es, “el proceso penal no solo hace sufrir a los hombres porque son culpables, sino también para saber si son culpables o son inocentes”.

-“Ese alcalde que defiendes es inocente, pero que sufra un tiempo preso como escarmiento”, me dijo un juez amigo (QEPD). Para él la detención preventiva era castigo anticipado o medida destinada a ejemplarizar. ¿Qué tal?

Desvergüenza que la generación del sistema acusatorio se contagie del encono de la prensa amarillista devoradora de la incineración moral a quien corresponde desarmar las plumas y del populismo penal de los operadores judiciales con mezquinos egos.

De cara al malsano eficientismo penal de “poner preso, por poner preso” nefasto trasunto del derecho penal simbólico, debo cerrar, amigo lector, con la reflexión penetrante del académico Carlos Arturo Gómez Pavajeau para reclamar el desarme epistémico del actual hombre judicial “como forma de catarsis institucional, jurídica y política que nos permita superar el estado esquizofrénico carcelario de nuestra actual judicatura”.