Publicidad
Categorías
Categorías
Columnista - 19 diciembre, 2014

Hagamos cuentas en la protección del consumidor de vehículos

Estamos en tiempo de hacer balances y es oportuno hablar de lo que fue este año en el mundo de la protección al consumidor de vehículos, porque hubo grandes cambios por todos lados. Las cosas más novedosas sucedieron al interior de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) que comenzó a exigirle a los consumidores […]

Estamos en tiempo de hacer balances y es oportuno hablar de lo que fue este año en el mundo de la protección al consumidor de vehículos, porque hubo grandes cambios por todos lados.
Las cosas más novedosas sucedieron al interior de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) que comenzó a exigirle a los consumidores que se ajustaran a lo que dispone el Código de Procedimiento Civil en tratándose de procesos judiciales, pues, como es sabido, los reclamos de los propietarios y los usuarios de los vehículos ya no son meros derechos de petición sino verdaderas demandas contra quienes consideran que han vulnerado sus derechos.
Por esa razón disminuyeron sustancialmente las demandas de los consumidores de vehículos, que ahora tienen que utilizar un abogado cuando la cuantía del conflicto supera los $24,7 millones, pueden ser condenados en costas y agencias en derecho sino prosperan sus pretensiones, y (para peor) les pueden imponer una multa hasta $92,4 millones si obran con temeridad al demandar al concesionario o la marca o al exponer sus argumentos y pruebas ante la SIC dentro del proceso.
Definitivamente ya no es como antes, cuando uno podía meter la demanda para ver si había pesca en el rio o en el mar, y -al fin de cuentas- si la red salía vacía no pasaba nada.
Por su parte las marcas y los concesionarios, que se exponen a las mismas cargas económicas y no obraron en forma honorable frente a su cliente en lo que se refiere a la calidad y la idoneidad del vehículo o en el servicio de postventa, ajustaron sus procedimientos para atender de buen grado y con eficiencia los reclamos de los clientes inconformes con la forma como estuvieran atendiendo la garantía del vehículo.
Definitivamente ya no es como antes, que uno podía hacerse el loco y esperar a que fuera la Superintendencia la que decidiera si era procedente o no la reparación del vehículo, cambiarlo por uno nuevo o devolver el parné que le hubieran pagado por el semoviente, pues ahora el asunto tiene otras arandelas sino sale bien.
Finalmente, la Superintendencia de Industria y Comercio en Bogotá se fortaleció con nuevos funcionarios/jueces en el área de protección al consumidor, celebró un convenio con el Centro de Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá para cerrar los procesos en que las partes se pongan de acuerdo, e inauguró en el mezzanine de su edificio del Centro Internacional una nueva batería de salas de audiencias, en la que ahora incluso cuenta con una sala con capacidad para 30 personas, por si acaso son muchos los demandantes o los demandados (recuérdese que puede acumular los procesos instaurados por varios consumidores contra el concesionario o la marca por los mismos motivos del vehículo, y decidirlos en una sola audiencia).
Además cambió su plataforma tecnológica para que demandantes o demandados puedan participar a distancia en la audiencia en que se fallará el proceso (Art. 432 del CPC) con sonido e imagen, en pantalla ancha y con sonido estereofónico, cumpliendo de esa manera aquello de que tiene competencia en todo el país para decidir sobre los conflictos de los consumidores finales de bienes y servicios.

 

 

Columnista
19 diciembre, 2014

Hagamos cuentas en la protección del consumidor de vehículos

Feel the sand on your feet, not your wardrobe weight.
Rodrigo Bueno Vásquez

Estamos en tiempo de hacer balances y es oportuno hablar de lo que fue este año en el mundo de la protección al consumidor de vehículos, porque hubo grandes cambios por todos lados. Las cosas más novedosas sucedieron al interior de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) que comenzó a exigirle a los consumidores […]


Estamos en tiempo de hacer balances y es oportuno hablar de lo que fue este año en el mundo de la protección al consumidor de vehículos, porque hubo grandes cambios por todos lados.
Las cosas más novedosas sucedieron al interior de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) que comenzó a exigirle a los consumidores que se ajustaran a lo que dispone el Código de Procedimiento Civil en tratándose de procesos judiciales, pues, como es sabido, los reclamos de los propietarios y los usuarios de los vehículos ya no son meros derechos de petición sino verdaderas demandas contra quienes consideran que han vulnerado sus derechos.
Por esa razón disminuyeron sustancialmente las demandas de los consumidores de vehículos, que ahora tienen que utilizar un abogado cuando la cuantía del conflicto supera los $24,7 millones, pueden ser condenados en costas y agencias en derecho sino prosperan sus pretensiones, y (para peor) les pueden imponer una multa hasta $92,4 millones si obran con temeridad al demandar al concesionario o la marca o al exponer sus argumentos y pruebas ante la SIC dentro del proceso.
Definitivamente ya no es como antes, cuando uno podía meter la demanda para ver si había pesca en el rio o en el mar, y -al fin de cuentas- si la red salía vacía no pasaba nada.
Por su parte las marcas y los concesionarios, que se exponen a las mismas cargas económicas y no obraron en forma honorable frente a su cliente en lo que se refiere a la calidad y la idoneidad del vehículo o en el servicio de postventa, ajustaron sus procedimientos para atender de buen grado y con eficiencia los reclamos de los clientes inconformes con la forma como estuvieran atendiendo la garantía del vehículo.
Definitivamente ya no es como antes, que uno podía hacerse el loco y esperar a que fuera la Superintendencia la que decidiera si era procedente o no la reparación del vehículo, cambiarlo por uno nuevo o devolver el parné que le hubieran pagado por el semoviente, pues ahora el asunto tiene otras arandelas sino sale bien.
Finalmente, la Superintendencia de Industria y Comercio en Bogotá se fortaleció con nuevos funcionarios/jueces en el área de protección al consumidor, celebró un convenio con el Centro de Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá para cerrar los procesos en que las partes se pongan de acuerdo, e inauguró en el mezzanine de su edificio del Centro Internacional una nueva batería de salas de audiencias, en la que ahora incluso cuenta con una sala con capacidad para 30 personas, por si acaso son muchos los demandantes o los demandados (recuérdese que puede acumular los procesos instaurados por varios consumidores contra el concesionario o la marca por los mismos motivos del vehículo, y decidirlos en una sola audiencia).
Además cambió su plataforma tecnológica para que demandantes o demandados puedan participar a distancia en la audiencia en que se fallará el proceso (Art. 432 del CPC) con sonido e imagen, en pantalla ancha y con sonido estereofónico, cumpliendo de esa manera aquello de que tiene competencia en todo el país para decidir sobre los conflictos de los consumidores finales de bienes y servicios.