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Editorial - 12 noviembre, 2016

Estampilla pro desarrollo fronterizo renovada

Esta semana el Congreso de la República aprobó la Ley 1813 (9 de noviembre de 2016) con la que modifican el Artículo 49 de la Ley 191 de 1995, para autorizar a las asambleas de los departamentos de frontera que orden nuevamente la emisión de estampillas ‘Pro desarrollo fronterizo’, hasta por la suma de 200 […]

Esta semana el Congreso de la República aprobó la Ley 1813 (9 de noviembre de 2016) con la que modifican el Artículo 49 de la Ley 191 de 1995, para autorizar a las asambleas de los departamentos de frontera que orden nuevamente la emisión de estampillas ‘Pro desarrollo fronterizo’, hasta por la suma de 200 mil millones de pesos.

Esto quiere decir que la Asamblea del Cesar debe autorizar pronto que se emita en este departamento la emisión de dicha estampilla, que obligatoriamente deben pagar las personas naturales o jurídicas que suscriban contratos de obras civiles o prestación de servicios. Con la anterior Ley, el Cesar fue autorizado para emitir estampillas hasta por 100 mil millones, cuyo recaudó fue débil, sin control ni seguimiento de parte de la cartera de Hacienda departamental.

Ahora con el aumento del cupo a 200 mil millones de pesos se abre una oportunidad para que esos recursos que deben ingresar por cuenta de la estampilla ‘Pro desarrollo fronterizo’ se invierta en el plan de inversiones –como dice la Ley aprobada- “en las zonas de frontera en materia de desarrollo de la primera infancia y adolescencia, formación y dotación en educación básica, media, técnica y superior; preservación del medio ambiente, investigación y estudios en asuntos fronterizos; agua potable y saneamiento básico, bibliotecas departamentales; proyectos derivados de los convenios de cooperación e integración y desarrollo del sector agropecuario”.

Existen entonces muchas motivaciones para que los diputados del Cesar actúen rápido y no se demoren en autorizar la emisión de la estampilla, y por su parte la administración departamental haga su parte, pues cada año en marzo a partir de la aprobación de la modificación de la Ley, deben rendir un informe anual ante las comisiones tercera de Senado y Cámara de Representantes sobre los montos recaudados, así como la ejecución de dichos recursos.

Según las cifras de las últimas vigencias cuando se dio el mayor recaudo de esta estampilla, el Cesar alcanzó recursos por el orden de los 16 mil millones de pesos. En La Guajira, por ejemplo, el recaudo anual llegó incluso a los 27 mil millones de pesos, una cifra importante que consiguieron porque a través de un litigio jurídico lograron que las empresas mineras se constituyeran en sujetos pasivos de la estampilla (la pagaban las empresas que contrataban con las mismas).

Vale la pena aclarar que el porcentaje de recaudo lo determina la Asamblea Departamental, que en el caso del Cesar es del 1 % del valor total del contrato a liquidar.

Son 13 los departamentos que se benefician de esta Ley y por lo menos el Cesar tiene asegurado en los próximos diez años un importante recaudo, del que deben hacer seguimiento puntualmente.

De la Ley 1813 varios son sus autores y ponentes y del Cesar se destaca el representante Cristian José Moreno, quien en compañía de Alfredo Deluque Zuleta, Alfredo Carlos Chacón y Antenor Durán Carillo radicaron el proyecto de ley el pasado cinco de abril.

Editorial
12 noviembre, 2016

Estampilla pro desarrollo fronterizo renovada

Esta semana el Congreso de la República aprobó la Ley 1813 (9 de noviembre de 2016) con la que modifican el Artículo 49 de la Ley 191 de 1995, para autorizar a las asambleas de los departamentos de frontera que orden nuevamente la emisión de estampillas ‘Pro desarrollo fronterizo’, hasta por la suma de 200 […]


Esta semana el Congreso de la República aprobó la Ley 1813 (9 de noviembre de 2016) con la que modifican el Artículo 49 de la Ley 191 de 1995, para autorizar a las asambleas de los departamentos de frontera que orden nuevamente la emisión de estampillas ‘Pro desarrollo fronterizo’, hasta por la suma de 200 mil millones de pesos.

Esto quiere decir que la Asamblea del Cesar debe autorizar pronto que se emita en este departamento la emisión de dicha estampilla, que obligatoriamente deben pagar las personas naturales o jurídicas que suscriban contratos de obras civiles o prestación de servicios. Con la anterior Ley, el Cesar fue autorizado para emitir estampillas hasta por 100 mil millones, cuyo recaudó fue débil, sin control ni seguimiento de parte de la cartera de Hacienda departamental.

Ahora con el aumento del cupo a 200 mil millones de pesos se abre una oportunidad para que esos recursos que deben ingresar por cuenta de la estampilla ‘Pro desarrollo fronterizo’ se invierta en el plan de inversiones –como dice la Ley aprobada- “en las zonas de frontera en materia de desarrollo de la primera infancia y adolescencia, formación y dotación en educación básica, media, técnica y superior; preservación del medio ambiente, investigación y estudios en asuntos fronterizos; agua potable y saneamiento básico, bibliotecas departamentales; proyectos derivados de los convenios de cooperación e integración y desarrollo del sector agropecuario”.

Existen entonces muchas motivaciones para que los diputados del Cesar actúen rápido y no se demoren en autorizar la emisión de la estampilla, y por su parte la administración departamental haga su parte, pues cada año en marzo a partir de la aprobación de la modificación de la Ley, deben rendir un informe anual ante las comisiones tercera de Senado y Cámara de Representantes sobre los montos recaudados, así como la ejecución de dichos recursos.

Según las cifras de las últimas vigencias cuando se dio el mayor recaudo de esta estampilla, el Cesar alcanzó recursos por el orden de los 16 mil millones de pesos. En La Guajira, por ejemplo, el recaudo anual llegó incluso a los 27 mil millones de pesos, una cifra importante que consiguieron porque a través de un litigio jurídico lograron que las empresas mineras se constituyeran en sujetos pasivos de la estampilla (la pagaban las empresas que contrataban con las mismas).

Vale la pena aclarar que el porcentaje de recaudo lo determina la Asamblea Departamental, que en el caso del Cesar es del 1 % del valor total del contrato a liquidar.

Son 13 los departamentos que se benefician de esta Ley y por lo menos el Cesar tiene asegurado en los próximos diez años un importante recaudo, del que deben hacer seguimiento puntualmente.

De la Ley 1813 varios son sus autores y ponentes y del Cesar se destaca el representante Cristian José Moreno, quien en compañía de Alfredo Deluque Zuleta, Alfredo Carlos Chacón y Antenor Durán Carillo radicaron el proyecto de ley el pasado cinco de abril.