Publicidad
Categorías
Categorías
General - 26 julio, 2015

En el Cesar, no hay solicitudes de cambio de género

Con escritura pública las personas ya pueden cambiar de género en los documentos de identidad. Un fallo de la Corte Constitucional deja claro que no hay que recurrir a trámites judiciales en estos casos.

Quienes se consideren integrantes de la comunidad transgénero pueden acudir a una notaría y tramitar una escritura pública para pedir el cambio de sexo en el documento de identidad. En el Cesar no existen solicitudes a la fecha. EL PILÓN / Joaquín Ramírez.
Quienes se consideren integrantes de la comunidad transgénero pueden acudir a una notaría y tramitar una escritura pública para pedir el cambio de sexo en el documento de identidad. En el Cesar no existen solicitudes a la fecha. EL PILÓN / Joaquín Ramírez.

Se cumplió un mes de que la Corte Constitucional diera vía libre para que una persona se cambie de género en registros civiles, cédulas y pasaportes; al analizar el caso de una persona que se realizó una operación de “reafirmación de sexo”, pero que, ante la negativa de una notaría en Medellín de modificar el registro civil de nacimiento, tuvo que acudir a una tutela para cambiar el género que figuraba en sus documentos.

En el fallo, el alto tribunal indica que esos obstáculos judiciales menosprecian los derechos de las personas que quieren modificar su género por asuntos de identidad sexual. Este es el caso de las personas transexuales que se someten a cirugías de cambio de sexo, pero luego deben adelantar complicados trámites judiciales para que se les permita reflejar el cambio en sus documentos.

En el caso de los cisgéneros, como el que puso la tutela, el alto tribunal recuerda que ante “su indefinición genital” al momento de nacer y por la necesidad de “consignar un sexo en el registro civil”, la clasificación de género “se lleva a cabo con fundamento de la expectativa del sexo que tienen los padres” y es asignado para efectos civiles.

Sin embargo, este no siempre corresponde con la identidad que asume la persona a lo largo de su vida. En esas situaciones podrán acudir a cambios de nombre y sexo en su documentación por vía notarial y mediante escritura pública. Ese beneficio no era extensivo para los transgénero, lo que, en opinión de la Corte, los ponía en situación discriminatoria.

Teniendo en cuenta esta situación, este medio consultó al delegado de la Registraduría Nacional en el Cesar, Fredy Enrique De Armas, para conocer cómo avanzan las solicitudes en este departamento y cuáles son los pasos para que una persona pueda cambiar su género en los documentos de identidad.

“Lo primero que debe hacer es acudir a una notaría y elevar a través de una escritura pública la solicitud que hace el ciudadano que pretenda cambiar de sexo en el documento de identidad; este es un procedimiento de tipo jurídico”, dijo De Armas.

Explicó que una vez el interesado tenga la escritura pública con el nombre actual, la Regustraduría está en la obligación de atender la solicitud y materializar el mandato que indica la escritura.

“En el departamento del Cesar no hay noticias de que se haya hecho el primer trámite de cambio de género, los integrantes de las comunidades LGTBI no han tomado todavía tal decisión”, señaló el funcionario.

El ministro de Justicia, Yesid Reyes, argumentó que el decreto exige a los notarios y la Registraduría darles trámite inmediato a las peticiones de las personas transgénero que desean cambiar el género consignado en sus documentos de identidad, de masculino a femenino o viceversa.

Reyes sostuvo que el principal obstáculo al se veían enfrentadas las personas que querían cambiar su género en los documentos de identidad, era que debían someterse a un proceso judicial para conseguir dicho cambio.

“Los jueces solían decretar inspecciones corporales para determinar si las personas habían cambiado físicamente su sexo o exigían un dictamen psiquiátrico con el fin de saber si el solicitante padecía disforia de género. Ambas pruebas eran profundamente invasivas del derecho de intimidad y partían de un prejuicio inadmisible.

La construcción de la identidad sexual y de género es un asunto que no depende de la biología: va mucho más allá y es lo que estamos reconociendo en el Decreto 1227 de 2015”, precisó.

Qué dice la Corte

Con ponencia de la magistrada María Victoria Calle, la Corte Constitucional dejó claro que, independientemente de cuál sea el caso, la escritura pública será suficiente para conseguir cambios de género.

“La labor de los notarios bastaría para garantizar que, al igual que ocurre con las personas cisgénero, también las transgénero puedan acudir a este funcionario para efectuar la corrección del sexo inscrito en el registro civil”, dice el fallo.

Luego indica que, de ser necesario, el notario podrá solicitar pruebas, como una declaración juramentada del solicitante o de testigos.

“En el departamento del Cesar no hay noticias de que se haya hecho el primer trámite de cambio de género, los integrantes de las comunidades LGTBI no han tomado todavía tal decisión”: Fredy Enrique De Armas, delegado de la Registraduría.

Por Carlos Mario Jiménez / EL PILÓN
[email protected]

 

General
26 julio, 2015

En el Cesar, no hay solicitudes de cambio de género

Con escritura pública las personas ya pueden cambiar de género en los documentos de identidad. Un fallo de la Corte Constitucional deja claro que no hay que recurrir a trámites judiciales en estos casos.


Quienes se consideren integrantes de la comunidad transgénero pueden acudir a una notaría y tramitar una escritura pública para pedir el cambio de sexo en el documento de identidad. En el Cesar no existen solicitudes a la fecha. EL PILÓN / Joaquín Ramírez.
Quienes se consideren integrantes de la comunidad transgénero pueden acudir a una notaría y tramitar una escritura pública para pedir el cambio de sexo en el documento de identidad. En el Cesar no existen solicitudes a la fecha. EL PILÓN / Joaquín Ramírez.

Se cumplió un mes de que la Corte Constitucional diera vía libre para que una persona se cambie de género en registros civiles, cédulas y pasaportes; al analizar el caso de una persona que se realizó una operación de “reafirmación de sexo”, pero que, ante la negativa de una notaría en Medellín de modificar el registro civil de nacimiento, tuvo que acudir a una tutela para cambiar el género que figuraba en sus documentos.

En el fallo, el alto tribunal indica que esos obstáculos judiciales menosprecian los derechos de las personas que quieren modificar su género por asuntos de identidad sexual. Este es el caso de las personas transexuales que se someten a cirugías de cambio de sexo, pero luego deben adelantar complicados trámites judiciales para que se les permita reflejar el cambio en sus documentos.

En el caso de los cisgéneros, como el que puso la tutela, el alto tribunal recuerda que ante “su indefinición genital” al momento de nacer y por la necesidad de “consignar un sexo en el registro civil”, la clasificación de género “se lleva a cabo con fundamento de la expectativa del sexo que tienen los padres” y es asignado para efectos civiles.

Sin embargo, este no siempre corresponde con la identidad que asume la persona a lo largo de su vida. En esas situaciones podrán acudir a cambios de nombre y sexo en su documentación por vía notarial y mediante escritura pública. Ese beneficio no era extensivo para los transgénero, lo que, en opinión de la Corte, los ponía en situación discriminatoria.

Teniendo en cuenta esta situación, este medio consultó al delegado de la Registraduría Nacional en el Cesar, Fredy Enrique De Armas, para conocer cómo avanzan las solicitudes en este departamento y cuáles son los pasos para que una persona pueda cambiar su género en los documentos de identidad.

“Lo primero que debe hacer es acudir a una notaría y elevar a través de una escritura pública la solicitud que hace el ciudadano que pretenda cambiar de sexo en el documento de identidad; este es un procedimiento de tipo jurídico”, dijo De Armas.

Explicó que una vez el interesado tenga la escritura pública con el nombre actual, la Regustraduría está en la obligación de atender la solicitud y materializar el mandato que indica la escritura.

“En el departamento del Cesar no hay noticias de que se haya hecho el primer trámite de cambio de género, los integrantes de las comunidades LGTBI no han tomado todavía tal decisión”, señaló el funcionario.

El ministro de Justicia, Yesid Reyes, argumentó que el decreto exige a los notarios y la Registraduría darles trámite inmediato a las peticiones de las personas transgénero que desean cambiar el género consignado en sus documentos de identidad, de masculino a femenino o viceversa.

Reyes sostuvo que el principal obstáculo al se veían enfrentadas las personas que querían cambiar su género en los documentos de identidad, era que debían someterse a un proceso judicial para conseguir dicho cambio.

“Los jueces solían decretar inspecciones corporales para determinar si las personas habían cambiado físicamente su sexo o exigían un dictamen psiquiátrico con el fin de saber si el solicitante padecía disforia de género. Ambas pruebas eran profundamente invasivas del derecho de intimidad y partían de un prejuicio inadmisible.

La construcción de la identidad sexual y de género es un asunto que no depende de la biología: va mucho más allá y es lo que estamos reconociendo en el Decreto 1227 de 2015”, precisó.

Qué dice la Corte

Con ponencia de la magistrada María Victoria Calle, la Corte Constitucional dejó claro que, independientemente de cuál sea el caso, la escritura pública será suficiente para conseguir cambios de género.

“La labor de los notarios bastaría para garantizar que, al igual que ocurre con las personas cisgénero, también las transgénero puedan acudir a este funcionario para efectuar la corrección del sexo inscrito en el registro civil”, dice el fallo.

Luego indica que, de ser necesario, el notario podrá solicitar pruebas, como una declaración juramentada del solicitante o de testigos.

“En el departamento del Cesar no hay noticias de que se haya hecho el primer trámite de cambio de género, los integrantes de las comunidades LGTBI no han tomado todavía tal decisión”: Fredy Enrique De Armas, delegado de la Registraduría.

Por Carlos Mario Jiménez / EL PILÓN
[email protected]