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Judicial - 25 agosto, 2016

Condenan a funcionario de la Defensoría del Pueblo por acto sexual con menor

El funcionario público y su compañera sentimental, una enfermera, deberán pagar nueve años de cárcel por el delito de acto sexual con menor de 14 años.

Al hallarlo responsable del delito de acto sexual con menor de 14 años, el Juzgado Primero Penal del Circuito de Valledupar con Funciones de Conocimiento condenó a nueve años y seis meses de prisión a Eduar Álvarez Romero, quien es coordinador de defensores en la Defensoría del Pueblo seccional Cesar.

Por estos hechos ocurridos en diciembre de 2009, el juzgado también sentenció a nueve años y cuatro meses de cárcel a su compañera sentimental, la enfermera Leidys Acosta Pérez.

La tarde de ayer se llevó a cabo la audiencia de lectura de fallo en la que después de escuchados los alegatos de conclusión de la Fiscalía 13 seccional y la defensa de los procesados, la jueza Rosario Villalobos emitió la condena.

Los hechos por los que Eduar Álvarez Romero y Leidys Acosta Pérez fueron procesados ocurrieron, según el ente acusador, el 5 de diciembre de 2009, cuando ambos se encontraban en un balneario del río Badillo, en inmediaciones de corregimiento de La Vega, al norte de Valledupar. Allí, presuntamente llamaron a un niño y a una niña que estaban en el lugar con el pretexto de sacar pescaditos del agua y en ese instante presuntamente tocaron las partes íntimas de los menores. Las víctimas avisaron a sus familiares y minutos después la Policía capturó a la pareja.

En ese entonces, un juez con funciones de garantías dictó medida de aseguramiento privativa de la libertad a la pareja en la Cárcel Judicial de Valledupar y una semana después, la defensa apeló la decisión y logró que el Juzgado Tercero Penal con Funciones de Control de Garantías, les concediera la libertad.

Por esa libertad, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar condenó a 54 meses de prisión a la jueza Tercera Penal Municipal, Jamillis Herrera Ibarra, por el delito de prevaricato por acción. Señala la sentencia que la jueza expresó saludos de condolencias, de pésame y dolor hacia el abogado y defensor público.

Contra Eduar Álvarez Romero y Leidys Acosta Pérez, El Juzgado Primero Penal del Circuito de Valledupar emitió orden de captura para que cumplan la sentencia, sin embargo la defensa de los acusados dijo que apelará en segunda instancia ante el Tribunal Superior.

Por Redacción Judicial / EL PILÓN

Judicial
25 agosto, 2016

Condenan a funcionario de la Defensoría del Pueblo por acto sexual con menor

El funcionario público y su compañera sentimental, una enfermera, deberán pagar nueve años de cárcel por el delito de acto sexual con menor de 14 años.


Al hallarlo responsable del delito de acto sexual con menor de 14 años, el Juzgado Primero Penal del Circuito de Valledupar con Funciones de Conocimiento condenó a nueve años y seis meses de prisión a Eduar Álvarez Romero, quien es coordinador de defensores en la Defensoría del Pueblo seccional Cesar.

Por estos hechos ocurridos en diciembre de 2009, el juzgado también sentenció a nueve años y cuatro meses de cárcel a su compañera sentimental, la enfermera Leidys Acosta Pérez.

La tarde de ayer se llevó a cabo la audiencia de lectura de fallo en la que después de escuchados los alegatos de conclusión de la Fiscalía 13 seccional y la defensa de los procesados, la jueza Rosario Villalobos emitió la condena.

Los hechos por los que Eduar Álvarez Romero y Leidys Acosta Pérez fueron procesados ocurrieron, según el ente acusador, el 5 de diciembre de 2009, cuando ambos se encontraban en un balneario del río Badillo, en inmediaciones de corregimiento de La Vega, al norte de Valledupar. Allí, presuntamente llamaron a un niño y a una niña que estaban en el lugar con el pretexto de sacar pescaditos del agua y en ese instante presuntamente tocaron las partes íntimas de los menores. Las víctimas avisaron a sus familiares y minutos después la Policía capturó a la pareja.

En ese entonces, un juez con funciones de garantías dictó medida de aseguramiento privativa de la libertad a la pareja en la Cárcel Judicial de Valledupar y una semana después, la defensa apeló la decisión y logró que el Juzgado Tercero Penal con Funciones de Control de Garantías, les concediera la libertad.

Por esa libertad, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar condenó a 54 meses de prisión a la jueza Tercera Penal Municipal, Jamillis Herrera Ibarra, por el delito de prevaricato por acción. Señala la sentencia que la jueza expresó saludos de condolencias, de pésame y dolor hacia el abogado y defensor público.

Contra Eduar Álvarez Romero y Leidys Acosta Pérez, El Juzgado Primero Penal del Circuito de Valledupar emitió orden de captura para que cumplan la sentencia, sin embargo la defensa de los acusados dijo que apelará en segunda instancia ante el Tribunal Superior.

Por Redacción Judicial / EL PILÓN