La empresa de economía mixta que lidera la Secretaría de Tránsito de Valledupar sí podrá imponer multas a través de vehículos. Así lo determinó el Tribunal Administrativo del Cesar al revocar la sentencia de primera instancia del Juzgado Noveno Administrativo del Circuito Judicial de Valledupar, que había accedido a las pretensiones de una demanda.
En primera instancia, el Juzgado también había ordenado la suspensión inmediata del cobro que el Municipio adelantara en contra de los infractores de tránsito sancionados desde los vehículos.
Tras su publicación, la Alcaldía de Valledupar impugnó la decisión de primera instancia y solicitó que fuera revocada. La entidad argumentó que no han instalado ningún Sistema Automático de Seguimiento y Sanción de Tránsito (SAST), ni en vehículos, ni en zonas determinadas, ya que las actividades de control son realizadas directamente por agentes de tránsito que van en los vehículos y no son consideradas como SAST.










