VALLEDUPAR

Estas son las restricciones de movilidad para bicicletas eléctricas en Valledupar: lo que dice el Tránsito municipal

La nueva Ley 2486 de 2025 regula el uso de scooters y bicicletas eléctricas en Colombia. La Secretaría de Tránsito de Valledupar recordó las normas, límites y elementos obligatorios para garantizar la seguridad de los usuarios y peatones.

bicicletas eléctricas deben cumplir nuevas normas de circulación

bicicletas eléctricas deben cumplir nuevas normas de circulación

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El uso de vehículos livianos de movilidad urbana (VELPUM), como ‘scooters’ y bicicletas eléctricas, ha aumentado notablemente en la ciudad. Estos medios de transporte anteriormente no requerían documentación para circular; sin embargo, con la entrada en vigencia de la Ley 2486 de 2025, que regula la circulación de estos vehículos en todo el país, la Secretaría de Tránsito de Valledupar emitió una serie de recomendaciones para garantizar la seguridad de los usuarios y de todos los actores viales.

¿Qué establece la nueva ley?

La Ley 2486 de 2025 tiene como objetivo proteger la vida y la integridad de quienes utilizan ‘scooters’, bicicletas eléctricas y otros VELPUM. Por ello, fija reglas claras sobre dónde, cómo y quiénes pueden usarlos, además de los elementos obligatorios de protección personal.

Recomendaciones y normas clave

La Secretaría de Tránsito recordó a la ciudadanía los puntos más importantes:

Uso por edades

  • Mayores de 16 años: pueden utilizar scooters y bicicletas eléctricas en vías vehiculares, es decir, carreteras y calles por donde circulan autos y motos.
  • Entre 12 y 16 años: solo pueden usarlas en ciclorutas o vías específicamente diseñadas para este tipo de vehículos.
  • Menores de 12 años: no tienen permitido su uso en espacios públicos.

Capacidad del vehículo

  • No está permitido movilizar a más de una persona a menos que la ficha técnica del vehículo indique que está diseñado para dos ocupantes.
  • Los scooters eléctricos están diseñados para una sola persona, por lo que está prohibido llevar acompañantes.

Dónde pueden circular

Los scooters eléctricos deben transitar por:

  • Ciclorutas
  • Ciclovías
  • Vías destinadas a micromovilidad

Y no pueden circular por:

  • Aceras
  • Andenes
  • Zonas peatonales

Por su parte, las bicicletas eléctricas, gracias a sus características técnicas, sí pueden circular por la red vial nacional.

Elementos obligatorios de seguridad

La Secretaría recalcó que los usuarios deben portar:

  • Casco
  • Chaleco reflectivo
  • Luces delanteras y traseras
  • Otros elementos que aumenten la visibilidad

Un llamado a la prevención

La autoridad de tránsito insistió en que, aunque estos vehículos se han convertido en una alternativa de transporte práctica, económica y muy usada por los vallenatos, también representan riesgos cuando se utilizan sin las medidas adecuadas.

Temas tratados
  • Bicicletas eléctricas
  • Ley 2486 de 2025
  • Micromovilidad
  • movilidad
  • Scooters eléctricos
  • Secretaría de Tránsito de Valledupar
  • seguridad vial
  • tránsito
  • valledupar
  • VELPUM

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