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Valledupar - 2 marzo, 2023

Tribunal Administrativo del Cesar dejó en firme fallo para la conservación del río Guatapurí

Esta misma medida acoge a la Gobernación del Cesar, Emdupar y Corpocesar.

Río Guatapurí de Valledupar. / FOTO: JOAQUÍN RAMÍREZ.
Río Guatapurí de Valledupar. / FOTO: JOAQUÍN RAMÍREZ.

EL PILÓN 

El Tribunal Administrativo del Cesar dejó en firme el fallo que ordenó la protección de la cuenca del río Guatapurí, tras la apelación de la Alcaldía de Valledupar. 

La decisión ordena la protección de la cuenca del afluente desde su nacimiento hasta su desembocadura ante el deterioro de este importante cuerpo de agua como la contaminación, desviación, deforestación, entre otras afectaciones. 

Este proceso se dio luego de que un grupo de ciudadanos, entre estos Gustavo Cabas Borrero y Luis Maestre, interpusieran una acción popular para la conservación del río, accionando a la Gobernación del Cesar, la Alcaldía de Valledupar, la Empresa de Servicios Públicos de Valledupar y a la Corporación Autónoma Regional del Cesar. 

Sin embargo, la primera decisión fue apelada por la Alcaldía de Valledupar.   Frente a este recurso el Tribunal consideró que la providencia del 17 de noviembre de 2022, cuando se emitió el primer fallo quedó debidamente ejecutoriado y en contra de la misma no se interpuso, dentro del término legalmente establecido, recurso alguno ni mucho menos se presentó solicitud de aclaración o corrección por parte de la administración municipal. 

Considera el Despacho que la misma no encuentra fundamento legal alguno que la respalde, pues si el MUNICIPIO DE VALLEDUPAR no se encontraba conforme a lo decidido en el proveído en cita, debió a través de su apoderada, hacer uso de los mecanismos legales consagrados por el legislador para controvertirlo, pero se itera, no se hizo”, se lee en el fallo. 

Por su parte, Gustavo Cabas Borrego, uno de los accionantes de la acción popular, manifestó que: “Este es un fallo que tienen que acatarlo y darle cumplimiento a como dé lugar la Gobernación del Cesar, la Alcaldía, Emdupar y Corpocesar, tienen que hacerle las obras al río que dice la decisión, esto es un adelanto muy adelanto para la conservación de la cuenca, somos 500.000 personas las que nos favorecemos de estas aguas y por ello la importancia de conservarlo”. 

Cabe recordar que la decisión del Tribunal indica que, “resulta evidente la amenaza y vulneración de los derechos colectivos invocados, y principalmente, la afectación ambiental que está sufriendo de tiempo atrás el río Guatapurí a causa de la presencia permanente de residuos sólidos, y escombros, lo cual genera contaminación de su cauce; así mismo, por las aguas residuales vertidas sin ningún tipo de tratamiento previo por parte de la comunidad circunvecina, la pérdida de la ronda hídrica la cual se ha visto afectada por las diferentes construcciones que se han venido realizando con o sin autorización de la autoridad respectiva; la deforestación, la presencia de hornos artesanales, impactos ambientales que al tenor de las probanzas arrimadas, tienen mayor afectación en la margen derecha del río, principalmente en los barrios Zapato en Mano, 9 de Marzo, Pescaito, entre otros”. 

Valledupar
2 marzo, 2023

Tribunal Administrativo del Cesar dejó en firme fallo para la conservación del río Guatapurí

Esta misma medida acoge a la Gobernación del Cesar, Emdupar y Corpocesar.


Río Guatapurí de Valledupar. / FOTO: JOAQUÍN RAMÍREZ.
Río Guatapurí de Valledupar. / FOTO: JOAQUÍN RAMÍREZ.

EL PILÓN 

El Tribunal Administrativo del Cesar dejó en firme el fallo que ordenó la protección de la cuenca del río Guatapurí, tras la apelación de la Alcaldía de Valledupar. 

La decisión ordena la protección de la cuenca del afluente desde su nacimiento hasta su desembocadura ante el deterioro de este importante cuerpo de agua como la contaminación, desviación, deforestación, entre otras afectaciones. 

Este proceso se dio luego de que un grupo de ciudadanos, entre estos Gustavo Cabas Borrero y Luis Maestre, interpusieran una acción popular para la conservación del río, accionando a la Gobernación del Cesar, la Alcaldía de Valledupar, la Empresa de Servicios Públicos de Valledupar y a la Corporación Autónoma Regional del Cesar. 

Sin embargo, la primera decisión fue apelada por la Alcaldía de Valledupar.   Frente a este recurso el Tribunal consideró que la providencia del 17 de noviembre de 2022, cuando se emitió el primer fallo quedó debidamente ejecutoriado y en contra de la misma no se interpuso, dentro del término legalmente establecido, recurso alguno ni mucho menos se presentó solicitud de aclaración o corrección por parte de la administración municipal. 

Considera el Despacho que la misma no encuentra fundamento legal alguno que la respalde, pues si el MUNICIPIO DE VALLEDUPAR no se encontraba conforme a lo decidido en el proveído en cita, debió a través de su apoderada, hacer uso de los mecanismos legales consagrados por el legislador para controvertirlo, pero se itera, no se hizo”, se lee en el fallo. 

Por su parte, Gustavo Cabas Borrego, uno de los accionantes de la acción popular, manifestó que: “Este es un fallo que tienen que acatarlo y darle cumplimiento a como dé lugar la Gobernación del Cesar, la Alcaldía, Emdupar y Corpocesar, tienen que hacerle las obras al río que dice la decisión, esto es un adelanto muy adelanto para la conservación de la cuenca, somos 500.000 personas las que nos favorecemos de estas aguas y por ello la importancia de conservarlo”. 

Cabe recordar que la decisión del Tribunal indica que, “resulta evidente la amenaza y vulneración de los derechos colectivos invocados, y principalmente, la afectación ambiental que está sufriendo de tiempo atrás el río Guatapurí a causa de la presencia permanente de residuos sólidos, y escombros, lo cual genera contaminación de su cauce; así mismo, por las aguas residuales vertidas sin ningún tipo de tratamiento previo por parte de la comunidad circunvecina, la pérdida de la ronda hídrica la cual se ha visto afectada por las diferentes construcciones que se han venido realizando con o sin autorización de la autoridad respectiva; la deforestación, la presencia de hornos artesanales, impactos ambientales que al tenor de las probanzas arrimadas, tienen mayor afectación en la margen derecha del río, principalmente en los barrios Zapato en Mano, 9 de Marzo, Pescaito, entre otros”.