La Registraduría Nacional del Estado Civil confirmó que la segunda vuelta para elegir presidente de la República debe realizarse por mandato constitucional y que, en caso de una renuncia, debe reemplazarse por el mismo partido o por quien le siguió en votos.
Alfonso Portela, director de Gestión Electoral del organismo, dijo que la Constitución en su artículo 190 expresa con claridad que los ganadores de la primera vuelta disputarán en nueva elección, y contempla expresamente que en cualquier eventualidad debe ser reemplazado por quien siga en votos, que en este caso sería Germán Vargas Lleras.






