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Minprotección prohíbe a las EPS multar por incumplimiento en citas médicas

El Ministerio de la Protección Social y la Superintendencia Nacional de Salud recordaron que desde el pasado 19 de enero todas las EPS e IPS, tienen prohibido cobrar multas o imponer sanciones a los afiliados que incumplan con citas médicas programadas.

Minprotección prohíbe a las EPS multar por incumplimiento en citas médicas

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@el_pilon

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El Ministerio de la Protección Social y la Superintendencia Nacional de Salud recordaron que desde el pasado 19 de enero todas las Empresas Promotoras de Salud (EPS) y las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) tienen prohibido cobrar multas o imponer sanciones a los afiliados que incumplan con citas médicas programadas.

En un comunicado conjunto los organismos explicaron que dicha prohibición quedó contenida en el artículo 55 de la Ley 1438 del 2011, que reformó el Sistema Nacional de Seguridad Social en Salud.

La medida cobija a la población pobre no asegurada (o vinculada), que es atendida en instituciones públicas.

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