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Crímenes de dictadura prescriben en noviembre dice Corte

Uruguay MONTEVIDEO. AP.  La Suprema Corte de Justicia (SCJ) de Uruguay falló que los crímenes cometidos durante la dictadura de 1973 a 1985 son homicidios y no delitos de lesa humanidad, por lo que prescribirán en noviembre. Las prescripciones abarcarán solamente a nuevos casos que intenten presentarse, mientras no rige para quienes ya están procesados […]

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@el_pilon

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MONTEVIDEO. AP.  La Suprema Corte de Justicia (SCJ) de Uruguay falló que los crímenes cometidos durante la dictadura de 1973 a 1985 son homicidios y no delitos de lesa humanidad, por lo que prescribirán en noviembre.
Las prescripciones abarcarán solamente a nuevos casos que intenten presentarse, mientras no rige para quienes ya están procesados o condenados por aquellos delitos contra los derechos humanos.
El máximo tribunal no hizo lugar a un recurso presentado por la fiscal Mirtha Guianze, quien ha impulsado acusaciones contra militares por violaciones a los derechos humanos.
Guianze había reclamado ante la SCJ que junto a la figura de homicidio se incluyera la desaparición forzada, un delito de lesa humanidad que no prescribe, en el caso de los ex militares José Gavazzo y Ricardo Arab, condenados en 2006 a 25 años de prisión.
Pero la mayoría de la SCJ entendió que no existía el delito de desaparición forzada y por eso no puede imputarse ese ilícito.
La figura de desaparición forzada se creó por ley en octubre de 2006 en cumplimiento de la legislación de la Corte Penal Internacional, pero no puede ser aplicada retroactivamente.
“Al no existir la norma al momento de ejecutarse los hechos a juzgar, no corresponde su aplicación en forma retroactiva”, falló el tribunal.
Raúl Oxandabarat, director de comunicaciones de la SCJ, explicó a la AP que como el código penal establece la prescripción a los 20 años, que puede aumentar un tercio por peligrosidad del reo hasta los 26 años y ocho meses, los homicidios perpetrados durante la dictadura prescribirán en noviembre. En Uruguay no hay prisión perpetua ni pena de muerte.
En los casos de homicidios perpetrados por la dictadura, el período comenzó a computarse en 1985 cuando se recuperó la democracia.
La sentencia fue suscrita por los magistrados Jorge Ruibal Pino, Jorge Larrieux, Jorge Chediak y Daniel Gutiérrez. El presidente de alto cuerpo judicial, Leslie van Rompaey, votó en disidencia.
Sin embargo, la SCJ puede declarar la inconstitucionalidad de esa ley, aunque sólo en casos particulares.

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