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Política - 12 diciembre, 2019

Presentan demanda en contra de concejal electo de Valledupar

Cabe anotar que si la acción legal prospera, Omar Ditta Daza, quien le sigue en votos a Peralta (con 1.796), ocuparía el cargo de concejal.

Anexando la documentación respectiva, el demandante asegura que los contratos se ejecutaron y la asociación recibió el pago de la contraprestación pactada en el periodo inhabilitante; es decir el año anterior a la elección.
Anexando la documentación respectiva, el demandante asegura que los contratos se ejecutaron y la asociación recibió el pago de la contraprestación pactada en el periodo inhabilitante; es decir el año anterior a la elección.
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Por una presunta inhabilidad, el excandidato al Concejo de Valledupar, Omar Ditta Daza, procedió a presentar una demanda de acción electoral en contra de Julio Julio Peralta, quien actualmente ostenta la calidad de concejal electo por el partido ASI.

Al analizar la situación jurídica de Julio Julio descubrimos que el año anterior a la elección suscribió unos negocios jurídicos con entidades públicas que lo inhabilitan del cargo de concejal. Peralta durante el año 2018 y en enero del 2019 tuvo la calidad de representante legal de la Asociación Sindical de Ginecólogos Obstetras del Cesar, que mediante su representación firmó los contratos 168 y 170 de octubre del 2018, contratos 219 y 220 de diciembre del 2018, contratos 004 y 0012 de enero del 2019. Los contratos 168 y 170 fueron adicionados en el tiempo en el cual se configuraba la inhabilidad: el 23 de noviembre y el 7 de diciembre del 2018”, argumentó el querellante.

En estos contratos, según Ditta Daza: “Se nota que hay un claro interés por parte del señor Julio Peralta de recibir una contraprestación económica y además se encuentra vinculado como ginecólogo de esa asociación. Es decir, la asociación se ganó un dinero y él también como profesional. De acuerdo al artículo 43 de la Ley 136, el cual fue modificada por el artículo 40 de la Ley 17 del 2000, donde su numeral tercero establece que el año anterior a la elección quien haga gestión de negocio con las entidades públicos del orden municipal o celebre contratos con entidades de cualquier nivel en interés propio o de terceros, siempre que ese contrato se cumpla, queda inmerso en una inhabilidad”.

Cabe anotar que si la acción legal prospera, Omar Ditta Daza, quien le sigue en votos a Peralta (con 1.796), ocuparía el cargo de concejal.

REACCIÓN

Al respecto, Julio Julio Peralta manifestó a EL PILÓN: “Todos los ciudadanos de este país tienen el derecho de accionar. Si hay algún tipo de conflictos sobre el particular eso habrá que dirimirlo en los estrados judiciales”.

Política
12 diciembre, 2019

Presentan demanda en contra de concejal electo de Valledupar

Cabe anotar que si la acción legal prospera, Omar Ditta Daza, quien le sigue en votos a Peralta (con 1.796), ocuparía el cargo de concejal.


Anexando la documentación respectiva, el demandante asegura que los contratos se ejecutaron y la asociación recibió el pago de la contraprestación pactada en el periodo inhabilitante; es decir el año anterior a la elección.
Anexando la documentación respectiva, el demandante asegura que los contratos se ejecutaron y la asociación recibió el pago de la contraprestación pactada en el periodo inhabilitante; es decir el año anterior a la elección.
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Por una presunta inhabilidad, el excandidato al Concejo de Valledupar, Omar Ditta Daza, procedió a presentar una demanda de acción electoral en contra de Julio Julio Peralta, quien actualmente ostenta la calidad de concejal electo por el partido ASI.

Al analizar la situación jurídica de Julio Julio descubrimos que el año anterior a la elección suscribió unos negocios jurídicos con entidades públicas que lo inhabilitan del cargo de concejal. Peralta durante el año 2018 y en enero del 2019 tuvo la calidad de representante legal de la Asociación Sindical de Ginecólogos Obstetras del Cesar, que mediante su representación firmó los contratos 168 y 170 de octubre del 2018, contratos 219 y 220 de diciembre del 2018, contratos 004 y 0012 de enero del 2019. Los contratos 168 y 170 fueron adicionados en el tiempo en el cual se configuraba la inhabilidad: el 23 de noviembre y el 7 de diciembre del 2018”, argumentó el querellante.

En estos contratos, según Ditta Daza: “Se nota que hay un claro interés por parte del señor Julio Peralta de recibir una contraprestación económica y además se encuentra vinculado como ginecólogo de esa asociación. Es decir, la asociación se ganó un dinero y él también como profesional. De acuerdo al artículo 43 de la Ley 136, el cual fue modificada por el artículo 40 de la Ley 17 del 2000, donde su numeral tercero establece que el año anterior a la elección quien haga gestión de negocio con las entidades públicos del orden municipal o celebre contratos con entidades de cualquier nivel en interés propio o de terceros, siempre que ese contrato se cumpla, queda inmerso en una inhabilidad”.

Cabe anotar que si la acción legal prospera, Omar Ditta Daza, quien le sigue en votos a Peralta (con 1.796), ocuparía el cargo de concejal.

REACCIÓN

Al respecto, Julio Julio Peralta manifestó a EL PILÓN: “Todos los ciudadanos de este país tienen el derecho de accionar. Si hay algún tipo de conflictos sobre el particular eso habrá que dirimirlo en los estrados judiciales”.