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General - 4 diciembre, 2018

Por caso Survanta, sancionan a funcionarios de la Secretaría de Salud

Con seis meses de suspensión e inhabilidad especial fue sancionada la exsecretaria de Salud del Departamento, Carmen Sofía Daza Orozco, mientras que para el líder del programa de Vigilancia y Control de la misma secretaría, Jorge Alberto Aroca Urrutia y la profesional universitaria de ésta, Gladys Chinchía Vence, la sanción fue de suspensión e inhabilidad […]

La exsecretaria de salud fue sancionada con suspensión de 6 meses del cargo.
La exsecretaria de salud fue sancionada con suspensión de 6 meses del cargo.

Con seis meses de suspensión e inhabilidad especial fue sancionada la exsecretaria de Salud del Departamento, Carmen Sofía Daza Orozco, mientras que para el líder del programa de Vigilancia y Control de la misma secretaría, Jorge Alberto Aroca Urrutia y la profesional universitaria de ésta, Gladys Chinchía Vence, la sanción fue de suspensión e inhabilidad general por 12 años.

La sanción fue emitida por la Procuraduría Regional del Cesar y hace referencia a los hechos ocurridos en la Clínica Laura Daniela respecto del suministro del medicamento denominado Survanta a varios menores que presentaban problemas respiratorios y cuya investigación inició el Ministerio Público por un informe periodístico revelado por el programa Séptimo Día.

Lea aquí también: Cinco detenidos por muerte de 16 neonatos de la clínica Laura Daniela

Reprochó el Ministerio Público las conductas de Chinchía Vence a quien le impuso falta gravísima a título de dolo y de quien dijo que teniendo más de 20 años de experiencia y en su condición de química farmacéutica pasara por alto los hallazgos realizados por ella misma en la visita que realizó el 22 de noviembre de 2016 y desconociera la gravedad de los hechos que estaba evidenciando como lo era la presencia de una factura de un proveedor farmacéutico no autorizado por la Secretaría de Salud.

Lea aquí también: Sancionan a Secretaría de Salud del Cesar por caso de niños muertos en la Clínica Laura Daniela

En el caso de Aroca Urrutia, considera el Ministerio que éste puso en grave riesgo la salud de los usuarios de la UCI de la Clínica de Emergencias Laura Daniela “por omitir hacer un seguimiento al cumplimiento de las normas reguladoras del sector de la salud y del sistema general de seguridad social en salud, relacionadas con las condiciones de habilitación – condiciones tecnológicas y científicas – medicamentos y dispositivos médicos, indispensables para la prestación del servicio farmacéutico”, por ello le imouso falta gravísima a título de dolo.

Considera el ministerio público que en el caso de Daza Orozco ésta ostentaba un cargo público del nivel directivo, como era el de secretaria de Salud y en tal condición responsable de dirigir, vigilar y coordinar el sector salud en el departamento y el grave daño social de la conducta dado que se puso en grave riesgo la salud de los usuarios de UCI de la clínica en mención, debido a la carencia de medidas eficaces contra esa IPS, por lo que impuso falta grave. Ante estos hechos tomó la decisión a la cual le cabe recurso de reposición ante la Procuraduría Delegada para la Vigilancia Administrativa.

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4 diciembre, 2018

Por caso Survanta, sancionan a funcionarios de la Secretaría de Salud

Con seis meses de suspensión e inhabilidad especial fue sancionada la exsecretaria de Salud del Departamento, Carmen Sofía Daza Orozco, mientras que para el líder del programa de Vigilancia y Control de la misma secretaría, Jorge Alberto Aroca Urrutia y la profesional universitaria de ésta, Gladys Chinchía Vence, la sanción fue de suspensión e inhabilidad […]


La exsecretaria de salud fue sancionada con suspensión de 6 meses del cargo.
La exsecretaria de salud fue sancionada con suspensión de 6 meses del cargo.

Con seis meses de suspensión e inhabilidad especial fue sancionada la exsecretaria de Salud del Departamento, Carmen Sofía Daza Orozco, mientras que para el líder del programa de Vigilancia y Control de la misma secretaría, Jorge Alberto Aroca Urrutia y la profesional universitaria de ésta, Gladys Chinchía Vence, la sanción fue de suspensión e inhabilidad general por 12 años.

La sanción fue emitida por la Procuraduría Regional del Cesar y hace referencia a los hechos ocurridos en la Clínica Laura Daniela respecto del suministro del medicamento denominado Survanta a varios menores que presentaban problemas respiratorios y cuya investigación inició el Ministerio Público por un informe periodístico revelado por el programa Séptimo Día.

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Reprochó el Ministerio Público las conductas de Chinchía Vence a quien le impuso falta gravísima a título de dolo y de quien dijo que teniendo más de 20 años de experiencia y en su condición de química farmacéutica pasara por alto los hallazgos realizados por ella misma en la visita que realizó el 22 de noviembre de 2016 y desconociera la gravedad de los hechos que estaba evidenciando como lo era la presencia de una factura de un proveedor farmacéutico no autorizado por la Secretaría de Salud.

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En el caso de Aroca Urrutia, considera el Ministerio que éste puso en grave riesgo la salud de los usuarios de la UCI de la Clínica de Emergencias Laura Daniela “por omitir hacer un seguimiento al cumplimiento de las normas reguladoras del sector de la salud y del sistema general de seguridad social en salud, relacionadas con las condiciones de habilitación – condiciones tecnológicas y científicas – medicamentos y dispositivos médicos, indispensables para la prestación del servicio farmacéutico”, por ello le imouso falta gravísima a título de dolo.

Considera el ministerio público que en el caso de Daza Orozco ésta ostentaba un cargo público del nivel directivo, como era el de secretaria de Salud y en tal condición responsable de dirigir, vigilar y coordinar el sector salud en el departamento y el grave daño social de la conducta dado que se puso en grave riesgo la salud de los usuarios de UCI de la clínica en mención, debido a la carencia de medidas eficaces contra esa IPS, por lo que impuso falta grave. Ante estos hechos tomó la decisión a la cual le cabe recurso de reposición ante la Procuraduría Delegada para la Vigilancia Administrativa.