POLÍTICA

“La facultad del alcalde para contratar está establecida en la constitución”

Este pronunciamiento lo hizo Humberto Vega Ordoñez, abogado del alcalde de Becerril, tras el fallo del Juzgado Quinto Administrativo del Circuito Judicial de Valledupar que dejaría al mandatario sin facultades para contratar.

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Luego de que el Juzgado Quinto Administrativo del Circuito Judicial de Valledupar accediera a la medida cautelar solicitada a través de una tutela y que ordenó la suspensión provisional de los actos administrativos que dejan al alcalde de Becerril, Francisco Rojas, sin facultad para contratar, el abogado del mandatario, Humberto Vega Ordoñez, explicó que hubo una confusión en el caso.

“Hay casos expresamente señalados en la ley a través de los cuales los concejos municipales autorizan a los alcaldes para realizar cierto tipo de contratación, pero la facultad del alcalde para contratar está establecida en la constitución política que señala los casos en que excepcionalmente el mandatario requiere dichas facultades”, expresó el abogado.

Dijo que el Gobierno Nacional preocupado por esta situación ha elevado diversas consultas al Consejo de Estado, en las que le pregunta si efectivamente los concejos municipales están autorizados o son competentes para facultar a los alcaldes para contratar.

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