Así quedó establecido luego de que el presidente sancionara la ley en el marco de la conmemoración del Día Internacional de la Mujer.
Después de dos años de su aprobación, el presidente Gustavo Petro sancionó la ley que permitirá que las madres cabeza de hogar puedan conmutar las penas en prisión por servicios comunitarios no remunerados.
El proyecto surgió desde el Gobierno anterior por iniciativa de la exrepresentante a la cámara Juanita Goebertus, pero había tenido objeciones que hasta ahora fueron superadas.
Se proyecta que por lo menos 5.000 mujeres cabeza de familia puedan sustituir sus penas con trabajo en beneficio de la comunidad en actividades relacionadas a la educación, recuperación del espacio público, y restauración del medio ambiente, entre otros.
Las labores tendrán que realizarse durante cinco horas por cada semana de privación de la libertad impuesta en las condenas.
“El juez deberá asegurarse de que el plan de servicio que se pacte con la condenada sea para la presentación del servicio de utilidad pública que incluya labores que contribuyan a su formación educativa y/o profesional, procurando no asignar únicamente labores tradicionalmente asignadas a mujeres”, reza la ley.
No obstante, el beneficio solo es aplicable para aquellas mujeres cuyas penas sean igual o inferior a ocho años de prisión en delitos como hurto, hurto calificado, hurto agravado, fabricación, tráfico o porte de arma de fuego y conservación o plantación de cultivos ilícitos. Estos delitos también podrán ser tenidos en cuenta al estar en concurso con otros delitos como concierto para delinquir.
Otros requisitos establecen que la condenada no debe tener antecedentes judiciales, es decir, una condena en firme dentro de los cinco años anteriores a la comisión del delito conmutado, salvo que sean delitos culposos; así como también que la detenida manifieste su voluntad de ser beneficiada, que demuestre que es cabeza de hogar y que la comisión del delito está asociado a condiciones de marginalidad que afecta la manutención del hogar.
De igual manera, el juez de conocimiento o de ejecución de penas podrá imponer restricciones o requisitos adicionales a la condenada, tales como prohibir que visite determinados sitios, que salga del país sin previa autorización y ordenar que asista a programas especiales.
“Cuando la condenada voluntariamente solicita la sustitución de la pena de prisión por la prestación del servicio de utilidad pública, sin presentar un plan de servicio, el juez de conocimiento al momento de dictar sentencia podrá concederla, imponiendo el número de horas que deberá cumplir, y le ordenará sustitutivo de la multa”, puntualizó la ley.
Aunque la ley fue sancionada de manera reciente comenzaría a regir en unos seis meses, puesto que falta que el ministro de Justicia, Néstor Ozuna, reglamente algunas disposiciones.
“El Gobierno encontró una situación penal y penitenciaria catastrófica. Los últimos 20 años ha habido reformas enfocadas al aumento de penas, a crear delitos, disminuir beneficios, y esas leyes no se acompañaron de presupuesto para ese aumento de la población carcelaria”, aseguró el ministro Ozuna en el reciente encuesta de Asonal Judicial.
Así quedó establecido luego de que el presidente sancionara la ley en el marco de la conmemoración del Día Internacional de la Mujer.
Después de dos años de su aprobación, el presidente Gustavo Petro sancionó la ley que permitirá que las madres cabeza de hogar puedan conmutar las penas en prisión por servicios comunitarios no remunerados.
El proyecto surgió desde el Gobierno anterior por iniciativa de la exrepresentante a la cámara Juanita Goebertus, pero había tenido objeciones que hasta ahora fueron superadas.
Se proyecta que por lo menos 5.000 mujeres cabeza de familia puedan sustituir sus penas con trabajo en beneficio de la comunidad en actividades relacionadas a la educación, recuperación del espacio público, y restauración del medio ambiente, entre otros.
Las labores tendrán que realizarse durante cinco horas por cada semana de privación de la libertad impuesta en las condenas.
“El juez deberá asegurarse de que el plan de servicio que se pacte con la condenada sea para la presentación del servicio de utilidad pública que incluya labores que contribuyan a su formación educativa y/o profesional, procurando no asignar únicamente labores tradicionalmente asignadas a mujeres”, reza la ley.
No obstante, el beneficio solo es aplicable para aquellas mujeres cuyas penas sean igual o inferior a ocho años de prisión en delitos como hurto, hurto calificado, hurto agravado, fabricación, tráfico o porte de arma de fuego y conservación o plantación de cultivos ilícitos. Estos delitos también podrán ser tenidos en cuenta al estar en concurso con otros delitos como concierto para delinquir.
Otros requisitos establecen que la condenada no debe tener antecedentes judiciales, es decir, una condena en firme dentro de los cinco años anteriores a la comisión del delito conmutado, salvo que sean delitos culposos; así como también que la detenida manifieste su voluntad de ser beneficiada, que demuestre que es cabeza de hogar y que la comisión del delito está asociado a condiciones de marginalidad que afecta la manutención del hogar.
De igual manera, el juez de conocimiento o de ejecución de penas podrá imponer restricciones o requisitos adicionales a la condenada, tales como prohibir que visite determinados sitios, que salga del país sin previa autorización y ordenar que asista a programas especiales.
“Cuando la condenada voluntariamente solicita la sustitución de la pena de prisión por la prestación del servicio de utilidad pública, sin presentar un plan de servicio, el juez de conocimiento al momento de dictar sentencia podrá concederla, imponiendo el número de horas que deberá cumplir, y le ordenará sustitutivo de la multa”, puntualizó la ley.
Aunque la ley fue sancionada de manera reciente comenzaría a regir en unos seis meses, puesto que falta que el ministro de Justicia, Néstor Ozuna, reglamente algunas disposiciones.
“El Gobierno encontró una situación penal y penitenciaria catastrófica. Los últimos 20 años ha habido reformas enfocadas al aumento de penas, a crear delitos, disminuir beneficios, y esas leyes no se acompañaron de presupuesto para ese aumento de la población carcelaria”, aseguró el ministro Ozuna en el reciente encuesta de Asonal Judicial.