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Educacion - 26 septiembre, 2024

Juzgado ordenó a colegio de Valledupar entregar notas a estudiante que debe la pensión

Dentro de la respuesta a la tutela, la representante legal de la institución informó que los representantes de la menor quedaron debiendo $5.200.000.

El colegio tiene 48 horas para entregar las notas.
El colegio tiene 48 horas para entregar las notas.
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El Juzgado Quinto Penal Municipal con función de Conocimiento de Valledupar concedió las pretensiones de una tutela interpuesta por la prima hermana de una menor de edad en contra del Colegio Domingo Savio porque no les querían entregar las notas finales.

Según la demanda, la menor “cursó y aprobó satisfactoriamente sus estudios” desde primero de primaria hasta octavo de bachillerato. Al ser un colegio privado, entre la madre de la menor y el colegio se firmó un contrato de prestación de servicios. Pero la madre no pudo cubrir las obligaciones de la pensión correspondientes al grado 8° y quedó debiendo $5.200.000 a la institución.

Recomendado: Los mejores colegios públicos del Cesar, según las Icfes: Loperena lidera el ranking 

En la tutela aseguran que la rectora de la institución retuvo los certificados de notas desde primero hasta octavo, y mantuvo el registro en el SIMAT (Sistema de Matrículas Estudiantil) hasta el mes pasado, lo que no permitía registrar la estudiante en otra institución. 

Un compromiso, pero…

Luego de suscribirse un acta de inspección y vigilancia ante la Secretaría de Educación en Valledupar, se llegó a un acuerdo de pago para poder lograr el retiro del SIMAT para que la menor pudiera continuar sus estudios. 

De acuerdo con la tutela, el 30 de agosto, en cumplimiento del acuerdo de pago, la madre de la menor canceló la primera cuota por la suma de $1.000.000, razón por la cual, la familia de la estudiante “esperaba que la institución educativa le hiciera entrega de los certificados de los años cursados, y no fue así, pues no le entregaron el certificado correspondiente al último año cursado por la menor”, impidiendo que la estudiante pueda ser matriculada en otra institución educativa.

Recomendado: 12 colegios de Valledupar están en el ranking de los mejores del país
 

En un fallo de tutela proferido el pasado 24 de septiembre, el Juzgado le dio la razón a la familia y ordenó al colegio entregar las notas en un plazo de 48 horas una vez sean notificados. El acompañamiento legal de la familia lo hizo la Personería de Valledupar.

¿Qué dice la rectora del colegio?

Dentro de la respuesta a la tutela, la representante legal de la institución informó que los representantes de la menor quedaron debiendo $5.200.000 y que “no es cierto que la menor se encuentre en condiciones de vulnerabilidad, pues se encuentra recibiendo estudios en otra institución educativa más costosa”. 

Por lo anterior, la rectora sostuvo que se opone a las pretensiones, “pues se deslegitima quien invoca el derecho con base en el abuso y en el desconocimiento del derecho del otro, por lo tanto, en esta circunstancia en que el padre sí puede pagar, pero no lo hace, no se puede exigir mediante tutela la entrega de notas”.

Luego de evaluar la situación, el despacho ordenó conceder la solicitud de amparo constitucional para la protección del derecho fundamental a la educación de la menor.

Por Carolina Yépez

Educacion
26 septiembre, 2024

Juzgado ordenó a colegio de Valledupar entregar notas a estudiante que debe la pensión

Dentro de la respuesta a la tutela, la representante legal de la institución informó que los representantes de la menor quedaron debiendo $5.200.000.


El colegio tiene 48 horas para entregar las notas.
El colegio tiene 48 horas para entregar las notas.
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El Juzgado Quinto Penal Municipal con función de Conocimiento de Valledupar concedió las pretensiones de una tutela interpuesta por la prima hermana de una menor de edad en contra del Colegio Domingo Savio porque no les querían entregar las notas finales.

Según la demanda, la menor “cursó y aprobó satisfactoriamente sus estudios” desde primero de primaria hasta octavo de bachillerato. Al ser un colegio privado, entre la madre de la menor y el colegio se firmó un contrato de prestación de servicios. Pero la madre no pudo cubrir las obligaciones de la pensión correspondientes al grado 8° y quedó debiendo $5.200.000 a la institución.

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En la tutela aseguran que la rectora de la institución retuvo los certificados de notas desde primero hasta octavo, y mantuvo el registro en el SIMAT (Sistema de Matrículas Estudiantil) hasta el mes pasado, lo que no permitía registrar la estudiante en otra institución. 

Un compromiso, pero…

Luego de suscribirse un acta de inspección y vigilancia ante la Secretaría de Educación en Valledupar, se llegó a un acuerdo de pago para poder lograr el retiro del SIMAT para que la menor pudiera continuar sus estudios. 

De acuerdo con la tutela, el 30 de agosto, en cumplimiento del acuerdo de pago, la madre de la menor canceló la primera cuota por la suma de $1.000.000, razón por la cual, la familia de la estudiante “esperaba que la institución educativa le hiciera entrega de los certificados de los años cursados, y no fue así, pues no le entregaron el certificado correspondiente al último año cursado por la menor”, impidiendo que la estudiante pueda ser matriculada en otra institución educativa.

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En un fallo de tutela proferido el pasado 24 de septiembre, el Juzgado le dio la razón a la familia y ordenó al colegio entregar las notas en un plazo de 48 horas una vez sean notificados. El acompañamiento legal de la familia lo hizo la Personería de Valledupar.

¿Qué dice la rectora del colegio?

Dentro de la respuesta a la tutela, la representante legal de la institución informó que los representantes de la menor quedaron debiendo $5.200.000 y que “no es cierto que la menor se encuentre en condiciones de vulnerabilidad, pues se encuentra recibiendo estudios en otra institución educativa más costosa”. 

Por lo anterior, la rectora sostuvo que se opone a las pretensiones, “pues se deslegitima quien invoca el derecho con base en el abuso y en el desconocimiento del derecho del otro, por lo tanto, en esta circunstancia en que el padre sí puede pagar, pero no lo hace, no se puede exigir mediante tutela la entrega de notas”.

Luego de evaluar la situación, el despacho ordenó conceder la solicitud de amparo constitucional para la protección del derecho fundamental a la educación de la menor.

Por Carolina Yépez