La noche de este jueves, la Corte Constitucional tumbó la pena de cadena perpetua para violadores que se había convertido en una realidad en el mes de julio después de un largo proceso legislativo.
Según la Corte, acoger la cadena perpetua para violadores significaría un retroceso en la de humanización de las penas, en la política criminal y en la garantía de la resocialización de las personas condenadas. Así mismo, concluyó que el Congreso de la República transgredió su poder de reforma al incluir la pena de prisión perpetua revisable en el artículo 34 de la Constitución Política, pues afectó un eje definitorio de la Constitución del 91, ya que Colombia es un Estado Social y Democrático de derecho fundado en la dignidad humana.
La Corte declaró inexequible el Acto Legislativo 01 de 2020, “Por medio del cual se modifica el artículo 34 de la Constitución Política, suprimiendo la prohibición de la Pena de Prisión Perpetua y estableciendo la prisión perpetua revisable”.









