A raíz de la reciente imputación de cargos contra Nilson José Solano Brochero, quien le quitó la vida a su primo el ginecólogo Ricardo Rafael Rodríguez Brochero, ha surgido un debate jurídico sobre el delito que le endilgó la Fiscalía.
De acuerdo con la declaración del ente acusador en medio de la audiencia de imputación de cargos realizada la tarde del martes 22 de octubre, el hombre es responsable del delito de homicidio con dolo eventual argumentando que “este actuó consiente de que tenía un arma lista para disparar y que en virtud de tal situación podría causar objetivamente una lesión. A su vez que sacarla, esgrimirla, tenerla cerca del ciudadano Ricardo y con la mano en el disparador podría hacer probable que le ocasionara la muerte”.
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El ente acusador detalló que “con la conducta desplegada por Solano Brochero se vulneró el bien jurídico de la vida y de los elementos recolectados hasta el momento no se evidencia que existiese algún tipo de justificación legal alguna que haya llevado a la afectación de este bien jurídico”.










