El Juzgado Cuarto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad declaró improcedente la Acción de Tutela interpuesta por Gabriel Muvdi Arangüena, la misma que ordenó suspender provisionalmente el reconteo de votos al Concejo de Valledupar.
Este mismo fallo decidió levantar las medidas provisionales ordenadas en el auto admisorio de la presente acción constitucional, por medio de la cual se suspendió la orden emitida por el Juzgado Sexto Administrativo del Circuito de Valledupar.
La juez cuarta de ejecución de Penas y Medidas, María del Pilar Soto García, determinó que la tutela es improcedente, dejando esta decisión nuevamente sin Concejales al municipio de Valledupar.






