Una paciente con cáncer avanzado en Valledupar logró que un juez ordenara a su EPS garantizarle de manera inmediata el tratamiento que, según denunció, le fue negado pese a su estado crítico.
El Juzgado Sexto Civil Municipal de Valledupar tuteló los derechos a la salud y a la vida de Martha Cecilia Duarte, de 60 años, diagnosticada con adenocarcinoma, tras evidenciar demoras injustificadas en la entrega de un medicamento clave para su tratamiento oncológico.
La paciente había solicitado desde abril de 2026 el suministro del medicamento, sin recibir respuesta efectiva por parte de la EPS Sanitas, lo que le impidió iniciar una fase del tratamiento y puso en riesgo su vida.
Fallo cuestiona barreras administrativas
En la sentencia, el juez concluyó que la EPS incurrió en dilaciones y cargas administrativas indebidas, al exigir nuevos trámites y no dar respuesta oportuna a las solicitudes radicadas por la paciente.
El despacho fue enfático en señalar que la “simple autorización” no es suficiente, y que las entidades de salud deben garantizar la entrega efectiva de los medicamentos, sin interrumpir tratamientos, especialmente en pacientes con enfermedades graves.
Además, recordó que los pacientes con cáncer son sujetos de especial protección constitucional, por lo que cualquier demora en su atención implica una vulneración agravada de sus derechos.
Orden de cumplimiento en 48 horas
El fallo ordena a Sanitas verificar y garantizar, en un plazo máximo de 48 horas, la entrega efectiva de los medicamentos formulados el 1 de abril de 2026. En caso de no haberse suministrado, deberá hacerlo de manera inmediata.
Asimismo, la EPS deberá asegurar el tratamiento integral de la paciente, incluyendo todos los servicios y tecnologías que requiera según criterio médico. Sin embargo, han pasado semanas, sin que la entidad cumpla.
Sin pruebas de cumplimiento por parte de la EPS
El juzgado descartó el argumento de “hecho superado” presentado por la EPS, al advertir que no existía evidencia de la entrega completa del tratamiento. También concluyó que la entidad desconoció principios fundamentales como la continuidad, oportunidad e integralidad en la prestación del servicio de salud.
El caso vuelve a poner en evidencia las fallas en la atención de pacientes oncológicos y las barreras administrativas que, en contextos de alta gravedad, pueden convertirse en un riesgo directo para la vida.






