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La EPS debe asumir el costo de los traslados: Corte Constitucional

Se llegó a esta conclusión luego del estudio de dos expedientes acumulados en lo que las acciones reciben los tratamientos médicos en municipios diferentes a los de su residencia.

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La EPS debe asumir el costo de los traslados: Corte Constitucional

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La Sala Quinta de Revisión estudió dos expedientes acumulados en los que las accionantes reciben los tratamientos médicos en municipios diferentes a los de su residencia.

Primero, una mujer diagnosticada con esquizofrenia paranoide debía desplazarse desde Tumaco (Nariño) hasta Pasto, para asistir a las citas de control. En el segundo, la demandante debía desplazarse desde Buenaventura (Valle), hasta Cali, para recibir el tratamiento.

Las dos accionantes solicitaron la protección del derecho fundamental a la salud y, en consecuencia, que “se ordene cubrir los gastos de transporte, alojamiento y alimentación para cada una de ellas y un acompañante”.

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