La Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad de la JEP atribuyó responsabilidad como máximos responsables a cinco exintegrantes del Bloque Caribe de las Farc-EP por crímenes cometidos contra pueblos étnicos de la Sierra Nevada de Santa Marta y algunos municipios de la Serranía del Perijá. Se trata del primer Auto de Determinación de Hechos y Conductas de la segunda ronda de macrocasos, que incluye los casos 08, 09, 10 y 11 sobre crímenes no amnistiables en el conflicto.
En diálogo con EL PILÓN, el magistrado Óscar Parra, de la Sala de Reconocimiento, subrayó la relevancia de este paso: “Esta es la primera imputación de esa segunda ronda de priorización. Ello es importante porque muestra que la JEP ha consolidado metodologías para avanzar de una forma más célere en la determinación de hechos, en la determinación de patrones y en su imputación”, explicó.
Cinco exjefes del Bloque Caribe, en la mira de la JEP
El auto señala como máximos responsables a Abelardo Caicedo Colorado, conocido como ‘Solís Almeida’; Luis Alejandro Cuadras Solórzano, ‘Leonardo Muñoz’; Gilberto Giraldo, ‘Aldemar Altamiranda’; y Héctor Hernández, ‘Fabio Borges’, todos miembros del Estado Mayor del Bloque Caribe. También fue imputado Marcos Martínez, conocido como ‘Silfredo’, exintegrante del Frente 59, quien no pertenecía al Estado Mayor, pero tuvo una participación “determinante” en la ejecución del patrón criminal en la región.
“Los cinco comparecientes que estamos imputando en este caso, algunos de ellos ya habían sido imputados en el Caso 01 sobre secuestro y en el Caso 07 sobre reclutamiento”, explicó Parra, al precisar que la Sala no está haciendo una imputación generalizada, sino basada en evidencia individual: “No estamos haciendo una imputación objetiva a todo el mundo que tuviera un mando, sino que estamos mirando evidencia específica persona por persona de lo que les compromete en los crímenes”.
Un patrón macrocriminal de control social y territorial
Según el Comunicado 74, las acciones de las Farc-EP en la Sierra Nevada y la Serranía del Perijá se enmarcaron en un “patrón macrocriminal de control social y territorial” que buscó consolidar el poder político, militar, social y cultural de la guerrilla en estos territorios. Este patrón se materializó en cinco modalidades: cooptar organizaciones étnicas y vaciar el territorio de autoridades y liderazgos; eliminar o desterrar a quienes eran considerados “enemigos” o colaboradores; castigar a quienes no obedecieran las reglas impuestas; controlar a mujeres y niñas mediante violencias diferenciadas; y dominar corredores estratégicos afectando territorio, naturaleza y lugares sagrados.
“Hubo violencia ejemplarizante, hubo casos donde hubo algunos niveles de sevicia en el ejercicio de violencia en algunos asesinatos”, relató Parra. “Si había disidencias en las comunidades, si había falta de respeto a sus reglas, empezaron a cometer crímenes graves, crímenes atroces para poder garantizar ese control social y territorial”.
Guerra con componente discriminatorio
La Sala caracterizó los hechos como crímenes de lesa humanidad en las modalidades de asesinato, desaparición forzada, exterminio, traslado forzoso de población, tortura, persecución y violación, además de crímenes de guerra como homicidio, desplazamiento de población civil, tortura, violación, saqueo y destrucción de bienes culturales y lugares de culto.
Uno de los ejes de la decisión es el crimen de persecución: “Este auto precisa que la evidencia es suficiente para considerar que el ejercicio de violencia tuvo un componente discriminatorio basado en ser pueblos étnicos, en ser comunidades afrodescendientes, en ser pueblos indígenas”, señaló Parra.
Según el magistrado, durante el proceso se debatió con los comparecientes sobre si la violencia fue “indistinta” o si reconocía la pertenencia étnica de las víctimas: “Aquí la jurisdicción aclara que el tipo de violencia involucró esos componentes discriminatorios asociados a la vulnerabilidad que enfrentaron los pueblos en la guerra”.
Exterminio y riesgo de desaparición de pueblos de la Sierra
El auto recoge, entre otros, 76 hechos de asesinatos con 100 víctimas indígenas entre 1996 y 2007, incluidos mamos y líderes tradicionales de los pueblos arhuaco, kankuamo, wiwa y kogui, como parte de un crimen de lesa humanidad de exterminio dirigido a los cuatro pueblos de la Sierra Nevada. La Sala documenta que, en varios años, se registraron asesinatos múltiples de autoridades y liderazgos comunales, justamente porque las comunidades “no se sometieron” a las reglas impuestas por la guerrilla.
Parra ilustró la gravedad de estos ataques con un hecho en proceso de esclarecimiento: el asesinato de 14 niñas wiwa que estaban siendo preparadas para convertirse en sagas, autoridades espirituales centrales en ese pueblo. “Si se ataca, si se ejerce violencia contra las niñas que van a ejercer ese rol tan importante en los usos y costumbres del pueblo wiwa, eso tiene la potencialidad de contribuir al posible exterminio de un pueblo, porque ya no va a haber sagas, porque ya no va a haber líderes espirituales”, advirtió.
Diálogo intercultural y reconstrucción de la confianza
Para llegar a estas conclusiones, la subsala M aplicó una metodología que combinó 61 informes de entidades estatales y organizaciones de víctimas y étnicas, tres informes técnicos especializados, la inspección de 50 expedientes de la justicia ordinaria y de Justicia y Paz, tres diligencias de diálogo intercultural, una diligencia de construcción dialógica de la verdad, cinco espacios de diálogo con mujeres y dos versiones voluntarias colectivas con comparecientes del Bloque Caribe.
“Ese diálogo intercultural permite reconocer el gran valor de la justicia étnica, de los usos y costumbres de los pueblos indígenas, de las comunidades afrodescendientes en cómo ven y enfrentan la violencia. De eso hemos ido aprendiendo poco a poco y eso ha sido muy importante para el diálogo con los comparecientes”, señaló Parra.
Según el magistrado, parte del objetivo de la JEP es revertir el miedo y la falta de confianza en el Estado: “Ese miedo, esa falta de confianza en el Estado, es parte de lo que está reconstruyendo la Jurisdicción Especial para la Paz. Que las víctimas vuelvan a tener confianza en la administración de justicia”, dijo.
¿Qué sigue en este proceso?
Ahora el caso entra en una fase decisiva: los cinco exintegrantes del Bloque Caribe tienen 30 días hábiles para reconocer o rechazar los hechos y las responsabilidades que se les atribuyen; si aceptan, pasarán a audiencias públicas de reconocimiento y a sanciones propias con contenido restaurador, y si no lo hacen, sus procesos serán enviados a la unidad de acusación de la JEP para un juicio adversarial que podría terminar en penas de hasta 20 años de prisión, mientras en paralelo la Jurisdicción continúa investigando la responsabilidad de otros exFarc sin mando máximo y de miembros de la fuerza pública por crímenes no amnistiables en la Sierra y el Perijá.
JEP imputó a 5 temidos exjefes de las Farc por atrocidades contra pueblos de la Sierra Nevada y la Serranía del Perijá
Imputan a cinco exintegrantes del Bloque Caribe por crímenes de guerra y de lesa humanidad contra pueblos indígenas y comunidades negras de la Sierra Nevada y el Perijá, entre 1996 y 2007.
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