El Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, limitó el número de autorizaciones que pueden entregar los ganaderos a particulares para expedir las guías sanitarias de movilización interna de animales. La medida se toma con el fin de hacer un control más afectivo a los inventarios de animales en los predios.
De acuerdo con el párrafo 2 del artículo 5 de la Resolución 9810 del ICA, para la expedición de la guía, la persona natural, apoderada o autorizada, solo podrá solicitar la guía de movilización de animales de máximo cinco (5) predios de diferentes propietarios, poseedores o tenedores.
Es importante recordar que, por lo general, los propietarios y administradores autorizan a una persona para que realice la autorización de la guía, a través de un poder. Con la medida, este autorizado sólo podrá tener poder para solicitar guía de cinco predios. Antes no había límite.










