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Política - 16 agosto, 2024

Entutelaron a magistrada porque no avanza demanda contra la gobernadora del Cesar

El demandante argumentó la tutela en el artículo 264 de la Constitución Política de 1991, el cual señala en uno de sus parágrafos que “en los casos de única instancia, según la ley, el término para decidir no podrá exceder de seis (6) meses”.

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El Consejo de Estado admitió una tutela interpuesta por el abogado Luis Fernando Padilla en contra de la magistrada de la Sección Quinta, Gloría María Gómez Montoya. La tutela surgió por la demora judicial de la funcionaria dentro de la demanda de nulidad electoral que interpuso el abogado Padilla en contra de la gobernadora del Cesar, Elvia Milena Sanjuán, por doble militancia.  

El jurista explicó que han pasado 6 meses y 20 días desde que se venció el término para la contestación de la demanda y no ha citado para que se realice la audiencia inicial ni ha corrido traslado para alegatos de conclusión por sentencia anticipada. 

“Procesalmente el tiempo se computa así: una vez vencido el término para la contestación de la demanda (en este caso el 15 de febrero) el juez o magistrado ponente tiene 8 días hábiles para convocar a audiencia inicial. Ya han pasado 6 meses y 20 días desde ese momento y no ha citado a audiencia inicial ni ha corrido traslado para alegatos de conclusión por sentencia anticipada”, detalló el abogado.

Recomendado: Admitieron demanda por doble militancia contra la gobernadora del Cesar 

El demandante argumentó la tutela en el artículo 264 de la Constitución Política de 1991, el cual señala en uno de sus parágrafos que “en los casos de única instancia, según la ley, el término para decidir no podrá exceder de seis (6) meses”.

Demanda

El abogado Luis Fernando Padilla puso como pruebas tres hechos. El primero fue el apoyo público de la gobernadora a Miguel Morales, quien había sido avalado por el partido ADA. El día del lanzamiento de campaña del cantante, Elvia Milena estuvo presente, lo que, según el demandante, se constituye en doble militancia porque varios partidos de su coalición (la U, Cambio Radical y Conservador) habían avalado o coavalado también  a Ernesto Orozco, alcalde de Valledupar. 

En la demanda presentada ante el Consejo de Estado también se habla de una manifestación pública que realizó la gobernadora del Cesar con Neil Cárdenas Serpa, candidato a la Alcaldía de Chimichagua por el partido Alianza Verde. 

Recomendado: Radican queja disciplinaria contra la gobernadora por no nombrar secretario (a) de Salud en 8 meses

El 5 de agosto de 2023 se celebró una reunión política en el corregimiento de Sempegua, Chimichagua, “en la que concurrieron la demandada y el señor Cárdenas Serpa, en donde este último hizo manifestaciones de apoyo en favor de la señora Sanjuán Dávila quien a su vez las aceptó”. Alianza Verde tenía su propio candidato a la Gobernación del Cesar, Antonio Sanguino.

Y el tercer caso se dio en Gamarra. La gobernadora recibió el apoyo de Fernando Márquez Astier, candidato y actual alcalde de ese municipio por el partido En Marcha. Ese movimiento también coavaló a Antonio Sanguino a la Gobernación del Cesar.

Política
16 agosto, 2024

Entutelaron a magistrada porque no avanza demanda contra la gobernadora del Cesar

El demandante argumentó la tutela en el artículo 264 de la Constitución Política de 1991, el cual señala en uno de sus parágrafos que “en los casos de única instancia, según la ley, el término para decidir no podrá exceder de seis (6) meses”.


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El Consejo de Estado admitió una tutela interpuesta por el abogado Luis Fernando Padilla en contra de la magistrada de la Sección Quinta, Gloría María Gómez Montoya. La tutela surgió por la demora judicial de la funcionaria dentro de la demanda de nulidad electoral que interpuso el abogado Padilla en contra de la gobernadora del Cesar, Elvia Milena Sanjuán, por doble militancia.  

El jurista explicó que han pasado 6 meses y 20 días desde que se venció el término para la contestación de la demanda y no ha citado para que se realice la audiencia inicial ni ha corrido traslado para alegatos de conclusión por sentencia anticipada. 

“Procesalmente el tiempo se computa así: una vez vencido el término para la contestación de la demanda (en este caso el 15 de febrero) el juez o magistrado ponente tiene 8 días hábiles para convocar a audiencia inicial. Ya han pasado 6 meses y 20 días desde ese momento y no ha citado a audiencia inicial ni ha corrido traslado para alegatos de conclusión por sentencia anticipada”, detalló el abogado.

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El demandante argumentó la tutela en el artículo 264 de la Constitución Política de 1991, el cual señala en uno de sus parágrafos que “en los casos de única instancia, según la ley, el término para decidir no podrá exceder de seis (6) meses”.

Demanda

El abogado Luis Fernando Padilla puso como pruebas tres hechos. El primero fue el apoyo público de la gobernadora a Miguel Morales, quien había sido avalado por el partido ADA. El día del lanzamiento de campaña del cantante, Elvia Milena estuvo presente, lo que, según el demandante, se constituye en doble militancia porque varios partidos de su coalición (la U, Cambio Radical y Conservador) habían avalado o coavalado también  a Ernesto Orozco, alcalde de Valledupar. 

En la demanda presentada ante el Consejo de Estado también se habla de una manifestación pública que realizó la gobernadora del Cesar con Neil Cárdenas Serpa, candidato a la Alcaldía de Chimichagua por el partido Alianza Verde. 

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El 5 de agosto de 2023 se celebró una reunión política en el corregimiento de Sempegua, Chimichagua, “en la que concurrieron la demandada y el señor Cárdenas Serpa, en donde este último hizo manifestaciones de apoyo en favor de la señora Sanjuán Dávila quien a su vez las aceptó”. Alianza Verde tenía su propio candidato a la Gobernación del Cesar, Antonio Sanguino.

Y el tercer caso se dio en Gamarra. La gobernadora recibió el apoyo de Fernando Márquez Astier, candidato y actual alcalde de ese municipio por el partido En Marcha. Ese movimiento también coavaló a Antonio Sanguino a la Gobernación del Cesar.