El Consejo de Estado aclaró que la suspensión provisional del Decreto 1469 de 2025, que fijó el salario mínimo para 2026 en $1.750.905, no tendrá efectos retroactivos sobre los pagos ya realizados a los trabajadores. La decisión judicial protege los derechos adquiridos y las situaciones jurídicas consolidadas durante la vigencia de la norma suspendida.
Recomendado: Salario mínimo 2026: entre el alivio social, el desafío productivo y la emergencia económica
El alto tribunal especificó que las obligaciones y derechos calculados con base en el aumento del 23 %, tales como nóminas, pensiones, liquidaciones laborales, multas y contratos, no sufrirán modificaciones si fueron causadas o pagadas antes de la publicación del nuevo decreto.
Esto significa que los ciudadanos no tendrán que devolver dineros recibidos por concepto de salario o mesadas pensionales durante enero y lo corrido de febrero, pues estas transacciones se encuentran amparadas por las garantías del debido proceso y la seguridad jurídica.






