El director de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), Alfred Ballesteros Alarcón, anunció una decisión clave en materia ambiental: la entidad negó la prórroga del permiso de uso de agua a la empresa Industria Nacional de Gaseosas S.A.S – INDEGA S.A.S en tres de los siete manantiales que venía explotando en el departamento. En los cuatro restantes, la autoridad ambiental redujo el caudal autorizado de 3,23 a 1,9 litros por segundo y limitó la vigencia del permiso a cinco años, en lugar de los diez solicitados.
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INDEGA S.A.S es una empresa colombiana del sector de bebidas, vinculada al sistema de embotellado y comercialización de productos de Coca-Cola FEMSA en Colombia. Opera principalmente en la fabricación de refrescos y otras bebidas no alcohólicas, así como en actividades de embotellado, distribución y comercio asociado.
Según explicó el funcionario, la determinación responde a un riguroso proceso técnico que se extendió por más de un año, en el que se realizaron modelaciones hidrológicas, análisis de balance hídrico y estudios sobre variabilidad climática en distintos escenarios: secos, promedio y lluviosos. Estos insumos permitieron establecer la presión real sobre las fuentes hídricas y la necesidad de ajustar su uso.
Negamos la prórroga a Industria Nacional de Gaseosas S.A.S – INDEGA S.A.S en tres de los siete manantiales que venía usando. En los cuatro restantes, redujimos el caudal de 3,23 a 1,9 litros por segundo y limitamos el permiso a cinco años, no diez.
— Alfred Ballesteros Alarcón (@Alfred_Balle) April 15, 2026
La decisión está soportada en… pic.twitter.com/xA2bWKxca9
El proceso, además, incluyó espacios de participación ciudadana como audiencias públicas, en las que intervinieron opositores formales, autoridades locales, organizaciones civiles y otros actores interesados. También se contó con la revisión de órganos de control, lo que, según la CAR, garantiza la transparencia y solidez de la decisión adoptada.
El funcionario de la autoridad ambiental avisó que la medida quedó consignada en la Resolución 347 de 2026, un documento que recoge tanto el análisis técnico como el sustento jurídico. En este, la autoridad ambiental asegura que se aplicaron los principios de prevención y corresponsabilidad frente a los escenarios de variabilidad climática que enfrenta la región, priorizando la sostenibilidad del recurso hídrico.
La autorización parcial otorgada a la empresa está acompañada de estrictas obligaciones de cumplimiento inmediato. Entre ellas se destaca la adquisición de 53,4 hectáreas de páramos y ecosistemas altoandinos para su conservación, así como la implementación de obras hidráulicas que permitan garantizar el abastecimiento alternativo del acueducto municipal.
Asimismo, la CAR exigió la vinculación activa de la comunidad en programas de conservación de flora y fauna en la microcuenca San Lorenzo, junto con la instalación de sistemas de medición en tiempo real del caudal captado. La CAR fue enfática en advertir que, ante cualquier reducción del caudal en la microcuenca, la suspensión de la captación será inmediata, marcando una línea clara en la defensa del agua como recurso estratégico.






