Le corresponde a las Administradoras de Riesgos Laborales, ARL, reportar movimientos completos del pago de las cotizaciones, aportes al Fondo de Riesgos Laborales y empresas afiliadas al Sistema General de Riesgos Laborales antes del 28 de cada mes o de lo contrario, serán sancionadas hasta con 1.000 salarios mínimos, así quedó determinado en la circular 0051 firmada por el Ministro del Trabajo José Noé Ríos.
A partir de agosto de este año, las Aseguradoras de Riesgos Laborales deberán reportar al Fondo de Riesgos Laborales sus movimientos de aportes, la nueva determinación extendió un mes más la fecha para incorporarse en este proceso, así lo dio a conocer el Ministerio de Trabajo en febrero pasado.






