Bogotá. De ahora en adelante, ministerios, departamentos administrativos, superintendencias, gremios, academia, cámaras de comercio, centros de investigación, entre otras entidades, que produzcan información estadística, deberán acogerse a la nueva Clasificación Industrial Internacional Uniforme de todas las actividades económicas, adaptada para Colombia, CIIU 4, presentada por el Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas (DANE).
A través de la Resolución 066 del 31 de enero de 2012, el DANE establece la Clasificación de Actividades Económicas CIIU 4 A.C., versión oficial, la cual remplaza las anteriores (CIIU 3 A. C. y CIIU 3.1 A.C.) e incorpora cambios en la estructura de la clasificación.
La CIIU Rev. 4 A.C. es una clasificación adaptada de la familia internacional de clasificaciones estadísticas de Naciones Unidas, cuya aplicación garantiza la calidad y comparabilidad de la información estadística, de acuerdo a lo establecido en el Código Nacional de Buenas Prácticas para las Estadísticas Oficiales.






