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Aplican Código de Policía por reconexiones ilegales

Según el Articulo 92 numeral 13 del Código Nacional de Policía: “Instalar servicios eléctricos, hidráulicos u otros especiales, sin previa autorización escrita de la empresa de servicios públicos puede generar la suspensión de la actividad y una multa”.

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Con relación a la prestación del servicio de energía existen varias posiciones en cuanto al mismo dado que muchas personas se quejan por el mal funcionamiento y la empresa Electricaribe por su parte también encuentra una gran problemática que tiene que ver con las conexiones y reconexiones ilegales que hacen algunos usuarios.

Por este último motivo se han empezado a tomar medidas legales determinantes amparadas en el Código de Policía.

De acuerdo con el articulo 92 numeral 13 del Código Nacional de Policía: “Instalar servicios eléctricos, hidráulicos u otros especiales, sin previa autorización escrita de la empresa de servicios públicos respectiva” puede generar la suspensión de la actividad y una multa pecuniaria tipo cuatro que tiene un valor hasta de $1.060.992.00.

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