El 12 de febrero de 2026 el Consejo de Estado hizo lo que el Gobierno debió hacer desde el primer día: mirar el expediente con los pies en la Madre (Tierra). Y el resultado fue una sentencia que no admite maquillaje: declaró la nulidad total del Decreto 1500 de 2018, ese acto irresponsable con el que se pretendió “redefinir” la Línea Negra de la Sierra Nevada de Santa Marta y convertirla en una especie de polígono todopoderoso con efectos prácticos sobre ciudadanía, municipios, proyectos, propiedad y ordenamiento territorial; y que en su momento se avisó sobre las exageradas limitaciones y excesos funcionales que este traía, en beneficio de las comunidades indígenas sobre los entes territoriales.
Que nadie se equivoque: esta decisión no es un “no” a los pueblos indígenas. Es un “no” al Estado cuando cree que puede ordenar un territorio ancestral sin cumplir los mínimos del debido proceso administrativo. Es un “no” a la arrogancia normativa: decretar primero y explicar después. Y es, también, la confirmación de lo que vengo advirtiendo desde mi columna ‘La delgada línea negra’: mientras Colombia no se tome en serio la expedición de la ley estatutaria que ponga reglas claras y democráticas a la consulta previa, seguiremos condenados al choque permanente entre derechos.
La sentencia se sostiene sobre tres razones que pesan más que cualquier discurso: (i) falsa motivación por ausencia de insumos esenciales; (ii) expedición irregular por desconocer la consulta previa a comunidades afectadas distintas a los cuatro pueblos; y (iii) participación ciudadana frustrada porque el proyecto se publicó “sin anexos” decisivos, especialmente cartografía y el llamado Documento Madre; el cual, es considerado como una especie de Biblia sobre la cosmovisión de los 4 Pueblos de la Sierra Nevada de Santa Marta.
Primero, falsa motivación. El Consejo de Estado concluyó que cuando se expidió el Decreto 1500 de 2018, no existía el mapa cartográfico oficial de la Línea Negra elaborado por el IGAC, ni la versión definitiva del Documento Madre que se invocaba como sustento, este documento hace parte de las mesas de concertación que los cuatro pueblos llevan realizando desde hace más de 15 años, con el Ministerio del Interior, sin que a la fecha exista un documento final publicado.
Traduzcámoslo al idioma real: el Gobierno reguló un territorio sin el mapa oficial que lo delimita. Pretendió obligar a todo el país a obedecer un polígono que no estaba técnicamente oficializado. Eso no es un detalle: es el corazón del acto. Un Estado serio no expide un decreto de esa magnitud “a ciegas”. Pero no solo actúo a ciegas, sino que realizó Ordenamiento Territorial mediante un acto que no es el adecuado para ello, pues se saltó al Congreso en sus facultades, sin contar siquiera con la autorización para eso; fue a todas luces una decisión más de corte político y de compromiso político.
Segundo, consulta previa incompleta. Aquí está el golpe de fondo. La Sala fue clara: si la Línea Negra, en su configuración de polígono, se traslapa con territorios colectivos y presencia étnica de otras comunidades —indígenas y afrodescendientes— el Gobierno estaba obligado a consultarlas antes de expedir el decreto. No bastaba con dialogar con los cuatro pueblos de la Sierra. La consulta no es un club de invitados; es una garantía cuando hay afectación directa. Y si el Estado decide crear un diseño territorial que toca a otros, la consecuencia es obvia: o consulta de manera incluyente, o su acto nace viciado y muere en los tribunales. Este punto es uno de los más importantes del fallo; el Consejo de Estado deja claro, que la consulta previa no es solo una herramienta que beneficia a los cuatro pueblos de la Sierra, sino que esta herramienta protege a todas las comunidades que existen en dichos territorios.
Tercero, transparencia y participación: el decreto se publicó sin permitir que la ciudadanía comprendiera lo que se estaba promulgando. La sentencia advierte que la cartografía oficial del IGAC y el Documento Madre, aun siendo piezas integrales del diseño, no se publicaron en el espacio previo de participación normativa. Con eso se viola el derecho a participar con información completa. ¿Cómo discute un acto territorial sin su instrumento territorial? Ese procedimiento no es democracia: es simulacro.
El Consejo de Estado, además, dejó constancia del marco normativo que el Gobierno ignoró en lo esencial: la Constitución, la Ley 21 de 1991, el CPACA y las reglas de publicidad y técnica normativa del Decreto 1081 de 2015. No son caprichos: son filtros mínimos para que el poder no se vuelva arbitrariedad.
Ahora bien, ¿qué significa esto para la Línea Negra en el ordenamiento jurídico colombiano? Significa algo incómodo para todos: la Línea Negra no desaparece, pero el intento de “marco unificado” sí. La protección constitucional e internacional de los pueblos indígenas y su relación espiritual y cultural con el territorio sigue vigente; la consulta previa sigue vigente. Lo que cae es un decreto que quiso cerrar el debate por la vía rápida, y que dejaba a los entes territoriales prácticamente supeditados a normas internas de los pueblos en los casos de antinomia de intereses.
Y aquí viene el punto que algunos quieren evadir. Mi crítica es contra el desorden: contra un Estado que no ha expedido la ley estatutaria que la Constitución exige para desarrollar la consulta previa, y que prefiere gobernar a punta de directivas, interpretaciones y decretos frágiles. Ese vacío normativo ha empujado a que la Corte Constitucional termine reglamentando por jurisprudencia, ampliando el alcance de “territorio” y, en la práctica, trasladando a jueces y magistrados una carga que debería tener solución legislativa. El resultado: inseguridad jurídica para comunidades, para municipios, para ciudadanos y para cualquier proyecto productivo.
La sentencia del Consejo de Estado deja una lección que debería ser titular: la multiculturalidad no se administra con improvisación. Y, sobre todo, tendrá que aceptar que el país no puede seguir decidiendo estos temas en el borde del abismo jurídico, el camino es la Ley Estatutaria. El Decreto 1500 cayó por lo que era, un acto de enorme impacto, el Consejo de Estado hizo lo que corresponde en una República: recordó que los derechos, todos, se protegen mejor cuando las reglas son claras, públicas y legítimas. Sin eso, la Línea Negra seguirá siendo lo que denuncié desde el inicio: una delgada frontera donde el Estado se extravía, y donde el país entero paga el precio de la ceguera institucional.
Por Fernando Villegas Monsalvo







