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Económicas - 16 abril, 2021

Algunos de los puntos más polémicos de la reforma tributaria

Iva para los servicios públicos, impuesto ‘solidario’ para los que ganen diez millones de pesos mensuales, impuestos a las pensiones, entre otros aspectos, son las modificaciones que tendría el sistema tributario en Colombia de ser aprobada la reforma que se radicó en el Congreso.

Imagen de referencia.
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Entre los puntos más polémicos para la población cesarense sobre la reforma tributaria, radicada por el Gobierno nacional al Congreso, está que los servicios públicos pasarían a tener un  IVA del 19 % a partir del 2022. Los ciudadanos de estratos 4, 5 y 6 estarían obligados a pagar dicho impuesto por el servicio del agua, acueducto y alcantarillado, gas y energía.

Lee también: Subsidio de la gasolina no será debatido en la Reforma Tributaria

Las personas de estrato 1,2 y 3 estarían exentos de pagar el IVA en los servicios de primera necesidad mencionados. Sin embargo, el subsidio de energía otorgado por el Sistema de Identificación de Programas Sociales, Sisbén IV, sólo será para las personas caracterizadas en los grupos beneficiarios A y B.

De acuerdo con el proyecto de Ley de Solidaridad Sostenible, las personas que ganen pensiones de $ 4.841.000 y las pensiones voluntarias dejarían de estar exentos de renta a partir de 2022. Anteriormente el Gobierno nacional señaló que la renta la pagarían los pensionados con un monto de siete millones aproximadamente, pero en el documento el monto fue modificado a una cifra inferior.

No solo los pensionados tendrán que pagar un impuesto. Las personas naturales  que tenga un salario mensual de diez millones de pesos tendrán que pagar un nuevo impuesto solidario del 10 % de sus salarios. Esta normativa señalada en la reforma tributaria también incluye a funcionarios públicos que ganen el monto anteriormente mencionado.

La reforma que  asegura “consolidar una infraestructura de equidad fiscalmente sostenible para fortalecer la política de erradicación de la pobreza a través de la redefinición de la regla fiscal” también establece que las entidades territoriales podrán decidir si tener o no peajes dentro de las ciudades capitales, con la aprobación de los Concejos Municipales de cada territorio.

LA SOBRETASA DE LA GASOLINA

En el caso de la sobretasa de la gasolina, la reforma tributaria autorizaría a los municipios, distritos y departamentos a adoptar el incremento a partir del 2022 en el combustible extra, corriente y ACPM. De este incremento, el Gobierno nacional tomará parte para el mantenimiento de la red vial del país.

No dejes de leer: Encontronazo en Twitter entre excandidatos y funcionarios de la Alcaldía de Valledupar

Según la propuesta, la base gravable de la sobretasa a la gasolina tanto extra como corriente y de la sobretasa al ACPM será el volumen del respectivo producto expresado en galones y no se incluirá el alcohol carburante.

La sobretasa del ACPM será de $301 pesos por galón y para el consumo en municipios fronterizos se liquidará con una tarifa de $204 por galón para el producto nacional y $114 por galón para el producto importado.  Por otro lado, la sobretasa de la gasolina corriente para municipios fronterizos será de $352 y la extra  $1.314.

El documento indica que para el caso de la sobretasa a la gasolina, los Concejos de los municipios ubicados en zonas de frontera podrán optar entre la tarifa municipal establecida en la tabla de la reforma tributaria o la adopción de una tarifa 89 diferencial de $114 por galón de gasolina corriente y de $426 por galón de gasolina extra.  

Namieh Baute Barrios / EL PILÓN.

Económicas
16 abril, 2021

Algunos de los puntos más polémicos de la reforma tributaria

Iva para los servicios públicos, impuesto ‘solidario’ para los que ganen diez millones de pesos mensuales, impuestos a las pensiones, entre otros aspectos, son las modificaciones que tendría el sistema tributario en Colombia de ser aprobada la reforma que se radicó en el Congreso.


Imagen de referencia.
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Entre los puntos más polémicos para la población cesarense sobre la reforma tributaria, radicada por el Gobierno nacional al Congreso, está que los servicios públicos pasarían a tener un  IVA del 19 % a partir del 2022. Los ciudadanos de estratos 4, 5 y 6 estarían obligados a pagar dicho impuesto por el servicio del agua, acueducto y alcantarillado, gas y energía.

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Las personas de estrato 1,2 y 3 estarían exentos de pagar el IVA en los servicios de primera necesidad mencionados. Sin embargo, el subsidio de energía otorgado por el Sistema de Identificación de Programas Sociales, Sisbén IV, sólo será para las personas caracterizadas en los grupos beneficiarios A y B.

De acuerdo con el proyecto de Ley de Solidaridad Sostenible, las personas que ganen pensiones de $ 4.841.000 y las pensiones voluntarias dejarían de estar exentos de renta a partir de 2022. Anteriormente el Gobierno nacional señaló que la renta la pagarían los pensionados con un monto de siete millones aproximadamente, pero en el documento el monto fue modificado a una cifra inferior.

No solo los pensionados tendrán que pagar un impuesto. Las personas naturales  que tenga un salario mensual de diez millones de pesos tendrán que pagar un nuevo impuesto solidario del 10 % de sus salarios. Esta normativa señalada en la reforma tributaria también incluye a funcionarios públicos que ganen el monto anteriormente mencionado.

La reforma que  asegura “consolidar una infraestructura de equidad fiscalmente sostenible para fortalecer la política de erradicación de la pobreza a través de la redefinición de la regla fiscal” también establece que las entidades territoriales podrán decidir si tener o no peajes dentro de las ciudades capitales, con la aprobación de los Concejos Municipales de cada territorio.

LA SOBRETASA DE LA GASOLINA

En el caso de la sobretasa de la gasolina, la reforma tributaria autorizaría a los municipios, distritos y departamentos a adoptar el incremento a partir del 2022 en el combustible extra, corriente y ACPM. De este incremento, el Gobierno nacional tomará parte para el mantenimiento de la red vial del país.

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Según la propuesta, la base gravable de la sobretasa a la gasolina tanto extra como corriente y de la sobretasa al ACPM será el volumen del respectivo producto expresado en galones y no se incluirá el alcohol carburante.

La sobretasa del ACPM será de $301 pesos por galón y para el consumo en municipios fronterizos se liquidará con una tarifa de $204 por galón para el producto nacional y $114 por galón para el producto importado.  Por otro lado, la sobretasa de la gasolina corriente para municipios fronterizos será de $352 y la extra  $1.314.

El documento indica que para el caso de la sobretasa a la gasolina, los Concejos de los municipios ubicados en zonas de frontera podrán optar entre la tarifa municipal establecida en la tabla de la reforma tributaria o la adopción de una tarifa 89 diferencial de $114 por galón de gasolina corriente y de $426 por galón de gasolina extra.  

Namieh Baute Barrios / EL PILÓN.