En el Juzgado Tercero Penal Con Funciones de control de garantías de Valledupar, fue imputado por la Fiscalía 12 Seccional, el alcalde del municipio de Codazzi, Cesar, Omar Enrique Benjumea Ospino, señalado por el delito de contrato sin cumplimiento de los requisitos legales.
En el Juzgado Tercero Penal Con Funciones de control de garantías de Valledupar, fue imputado por la Fiscalía 12 Seccional, el alcalde del municipio de Codazzi, Cesar, Omar Enrique Benjumea Ospino, señalado por el delito de contrato sin cumplimiento de los requisitos legales.
Según dijo el ente acusador, en ejercicio de sus funciones el día 15 de enero de 2021, el alcalde celebró el contrato No. CUM-008-2020 con la empresa Ing. Construcciones y Consultorías M & C S.A.S , cuyo objeto fue la construcción, reposición y mejoramiento de redes de alcantarillado del casco urbano del municipio de Agustín Codazzi, con una duración de 4 meses, por valor de $1.141.916.738,68.
La Fiscalía señaló al respecto que la suscripción de ese contrato se hizo sin el cumplimiento de un requisito esencial, el cual fue haberlo celebrado de forma directa, sin haber agotado el proceso licitatorio destacado en el artículo 2 numeral 1 de la Ley 80 de 1993; además, se amparó en el decreto 108 del 30 de octubre de 2020, mediante el cual se declara la calamidad pública con ocasión a la temporada de lluvias en el municipio de Agustín Codazzi, que fue elaborado y firmado por Benjumea Ospino.
En su momento, el ente acusador explicó que la firma del contrato en mención, violenta el principio de transparencia, toda vez que al haberlo firmado de forma directa, bajo la figura de urgencia manifiesta, no permitió la participación de otros oferentes, utilizando como instrumento el decreto 108 de 2020 que se encontraba vigente, sin embargo; su continuidad y aplicación estaba supeditado a los cambios climáticos reportados por las autoridades pertinentes, y para la fecha en que se firmó este (el contrato), ya no había ola invernal, por el contrario, predominaba el tiempo seco, a tal punto que el Ideam, declaró alerta naranja por incendios forestales en ese municipio.
Asimismo, determinó que el proyecto de construcción, reposición y mejoramiento de redes de alcantarillado del casco urbano estaba planeado desde junio de 2020, es decir, antes del inicio de la ola invernal del mes de octubre de ese mismo año.
Dicha denuncia la hizo Edwin José Oñate Dávila el 15 de enero de 2021, por tal motivo, el 17 de julio de 2023, ante el centro de servicios judiciales, se radicó solicitud de formulación de imputación, que fue programada para el mes de julio de 2023 ante el Juzgado Tercero Penal con funciones de control de garantías de Valledupar en el que no aceptó los cargos.
En el Juzgado Tercero Penal Con Funciones de control de garantías de Valledupar, fue imputado por la Fiscalía 12 Seccional, el alcalde del municipio de Codazzi, Cesar, Omar Enrique Benjumea Ospino, señalado por el delito de contrato sin cumplimiento de los requisitos legales.
En el Juzgado Tercero Penal Con Funciones de control de garantías de Valledupar, fue imputado por la Fiscalía 12 Seccional, el alcalde del municipio de Codazzi, Cesar, Omar Enrique Benjumea Ospino, señalado por el delito de contrato sin cumplimiento de los requisitos legales.
Según dijo el ente acusador, en ejercicio de sus funciones el día 15 de enero de 2021, el alcalde celebró el contrato No. CUM-008-2020 con la empresa Ing. Construcciones y Consultorías M & C S.A.S , cuyo objeto fue la construcción, reposición y mejoramiento de redes de alcantarillado del casco urbano del municipio de Agustín Codazzi, con una duración de 4 meses, por valor de $1.141.916.738,68.
La Fiscalía señaló al respecto que la suscripción de ese contrato se hizo sin el cumplimiento de un requisito esencial, el cual fue haberlo celebrado de forma directa, sin haber agotado el proceso licitatorio destacado en el artículo 2 numeral 1 de la Ley 80 de 1993; además, se amparó en el decreto 108 del 30 de octubre de 2020, mediante el cual se declara la calamidad pública con ocasión a la temporada de lluvias en el municipio de Agustín Codazzi, que fue elaborado y firmado por Benjumea Ospino.
En su momento, el ente acusador explicó que la firma del contrato en mención, violenta el principio de transparencia, toda vez que al haberlo firmado de forma directa, bajo la figura de urgencia manifiesta, no permitió la participación de otros oferentes, utilizando como instrumento el decreto 108 de 2020 que se encontraba vigente, sin embargo; su continuidad y aplicación estaba supeditado a los cambios climáticos reportados por las autoridades pertinentes, y para la fecha en que se firmó este (el contrato), ya no había ola invernal, por el contrario, predominaba el tiempo seco, a tal punto que el Ideam, declaró alerta naranja por incendios forestales en ese municipio.
Asimismo, determinó que el proyecto de construcción, reposición y mejoramiento de redes de alcantarillado del casco urbano estaba planeado desde junio de 2020, es decir, antes del inicio de la ola invernal del mes de octubre de ese mismo año.
Dicha denuncia la hizo Edwin José Oñate Dávila el 15 de enero de 2021, por tal motivo, el 17 de julio de 2023, ante el centro de servicios judiciales, se radicó solicitud de formulación de imputación, que fue programada para el mes de julio de 2023 ante el Juzgado Tercero Penal con funciones de control de garantías de Valledupar en el que no aceptó los cargos.