La audiencia en la que la Fiscalía General de la Nación imputó cargos al cantante Jorge Iván Díaz Lafaurie, conocido artísticamente como ‘Churo’ Díaz, por el presunto delito de acto sexual con menor de 14 años, generó numerosas preguntas entre los seguidores del artista y la opinión pública.
Aunque se trata de un paso importante dentro del proceso penal, la imputación no significa que exista una condena ni que el investigado haya sido declarado culpable. Se trata de una actuación mediante la cual la Fiscalía comunica formalmente a una persona los hechos por los cuales la investiga y el delito que, según el ente acusador, podría haberse configurado.
En este caso, ‘Churo’ Díaz decidió no aceptar los cargos, por lo que el proceso continuará en las siguientes etapas previstas por el Código de Procedimiento Penal.






