El Juzgado Tercero Civil del Circuito de Ejecución de Sentencias de Bogotá negó la acción de tutela interpuesta por el acordeonero Rubén Lanao, a través de su abogado Antonio Eljach Gómez, en la que alegaba que su derecho al debido proceso había sido vulnerado por no recibir en su correo actual el expediente en el que su exnovia lo acusa de difundir videos íntimos.
La acción fue interpuesta en contra del Juzgado Dieciocho Civil Municipal de Ejecución de Sentencias de Bogotá, el cual le ordenó a Lanao, en fallo de primera instancia, “detener cualquier tipo de divulgación de videos o fotografías íntimas” donde aparezca su expareja luego de que el barranquillero no respondiera a la acusación.
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