La Procuraduría 47 Judicial II para Asuntos Administrativos emitió un concepto dentro del proceso de nulidad electoral promovido por Baldomero Ascanio contra la elección de la contralora de Valledupar, Mary Flor Teherán Puello.
Según el Ministerio Público, el Concejo Municipal de Valledupar eligió como contralora municipal, para el periodo 2020-2021, a Mary Flor Teherán Puello “sin que ella cumpliera con uno de los requisitos legales para desempeñar el cargo, esto es, el de haber ejercido funciones públicas por un período no inferior a dos años, condición señalada en el artículo 68 de la Ley 42 de 1993”.
Por eso, agrega, “se conceptúa debe concederse la pretensión de la demanda tendiente a anular la decisión contenida en el acta de sesión ordinaria No. 007 del 8 de enero de 2020, por medio de la cual se realizó la elección precitada, por haberse configurado la causal No. 5 del artículo 275 de la Ley 1437 de 2011, esto es, haber elegido a una persona que no reúne las calidades y los requisitos constitucionales o legales de elegibilidad en el cargo de Contralor Municipal de Valledupar”.










