Al papel le cabe todo. La Constitución Política de Colombia establece en su Artículo 48, que “La seguridad social es un servicio público de carácter obligatorio que se prestará bajo la dirección, coordinación y control del Estado, en sujeción a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad, en los términos que establezca la Ley”, mientras que el Artículo siguiente -49- dice textualmente: “La atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud”.
El primer paso para dotar a Palitas, sur del Cesar, con un sistema apto de tratamiento de aguas residuales, se dio hace pocos días con la socialización del proyecto para la optimización del sistema de tratamiento de aguas residuales que se hará a través de Aguas del Cesar.