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Colombia - 22 marzo, 2020

Suspenderán vuelos nacionales durante cuarentena

Los vuelos se suspenderán desde el próximo miércoles 25 de marzo.

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La ministra de Transporte, Ángela María Orozco, anunció que desde el próximo miércoles 25 de marzo y durante la cuarentena nacional se suspenderán los vuelos nacionales.

La ministra indicó que quienes deseen programar su viaje lo podrán hacer después del 13 de abril cuando termine la cuarentena de 19 días ordenada por el Gobierno nacional.

Lee también: Confirman la primera muerte por coronavirus en Colombia

Se restringe la operación comercial de pasajeros dentro del territorio nacional (…). Las aerolíneas pueden proveer posteriormente el aplazamiento de los viajes, no pueden cobrar penalidad y no habrá lugar a la devolución de los recursos“, dijo.

Sin embargo, dijo que dentro de las excepciones están los casos humanitarios, aviones ambulancias, entre otros casos específicos.

Durante los días de aislamiento preventivo obligatorio la ministra Orozco indicó que se permitirá “el transporte de carga de aquellos bienes considerados sustanciales para el abastecimiento, tanto de alimentos como de salud de los colombianos”.

Lee también: Lista zona de aislamiento en Valledupar para posibles casos de Covid-19

Solamente queda abierto por vía de excepción aquellos sujetos que participan en las actividades excepcionadas, aquellos prestadores de servicios de salud y desde ese punto de vista se va a exigir que haya una limitación de máximo hasta el 20 % de la operación en el servicio de transporte municipal”, dijo.

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22 marzo, 2020

Suspenderán vuelos nacionales durante cuarentena

Los vuelos se suspenderán desde el próximo miércoles 25 de marzo.


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La ministra de Transporte, Ángela María Orozco, anunció que desde el próximo miércoles 25 de marzo y durante la cuarentena nacional se suspenderán los vuelos nacionales.

La ministra indicó que quienes deseen programar su viaje lo podrán hacer después del 13 de abril cuando termine la cuarentena de 19 días ordenada por el Gobierno nacional.

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Se restringe la operación comercial de pasajeros dentro del territorio nacional (…). Las aerolíneas pueden proveer posteriormente el aplazamiento de los viajes, no pueden cobrar penalidad y no habrá lugar a la devolución de los recursos“, dijo.

Sin embargo, dijo que dentro de las excepciones están los casos humanitarios, aviones ambulancias, entre otros casos específicos.

Durante los días de aislamiento preventivo obligatorio la ministra Orozco indicó que se permitirá “el transporte de carga de aquellos bienes considerados sustanciales para el abastecimiento, tanto de alimentos como de salud de los colombianos”.

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Solamente queda abierto por vía de excepción aquellos sujetos que participan en las actividades excepcionadas, aquellos prestadores de servicios de salud y desde ese punto de vista se va a exigir que haya una limitación de máximo hasta el 20 % de la operación en el servicio de transporte municipal”, dijo.