La Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, emitió una orden de obligatorio cumplimiento a las empresas ByteDance Ltd, TikTok, Inc y TikTok Pte. Ltd., para que implementen medidas acordes con el estándar colombiano en el tratamiento de datos personales.
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La decisión se tomó a través de la Resolución 62132 del 5 de octubre de 2020, luego de determinar que la Política de Tratamiento la Información (PTI) de Tiktok de ByteDance Ltd, empresa en Pekín, China, incumple en un 47,37 % los requisitos que exige la regulación colombiana.
Adicionalmente, la PTI aplicable a Colombia no está traducida en idioma español, lo cual dificulta que todas las personas comprendan las reglas sobre el tratamiento de sus datos personales.
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Por otra parte, la SIC encontró que Tiktok no cumple el 58,33 % de los requisitos exigidos por la regulación colombiana, puesto que se le debe informar a las personas antes de obtener su autorización para poder recolectar y usar sus datos personales. TikTok posee y trata Datos Personales de 12.447.549 usuarios domiciliados o residentes en la república de Colombia, de los cuales 1.933.835 son de niños, niñas y/o adolescentes.