La Procuraduría Delegada emitió concepto y pidió al Consejo de Estado no declarar nula la elección de la gobernadora del Cesar, Elvia Milena Sanjuán, dentro del caso de nulidad electoral que le adelantan por la demanda presentada por el abogado Luis Fernando Padilla.
La Procuraduría Delegada emitió concepto y pidió al Consejo no declarar nula la elección de Elvia Milena Sanjuán como gobernadora del Cesar para el periodo 2024-2027. Esto dentro del caso que se adelanta en contra de la mandataria por presunta doble militancia en la campaña.
Durante todo el proceso, el Ministerio Público ha mantenido una posición contraria a tumbar a la gobernadora. “De las pruebas relacionadas, no se puede deducir de forma contundente y sin duda, la ayuda de la señora Elvia Milena Sanjuan Dávila para que candidatos distintos a su colectividad de origen o a aquellos partidos coaligados para inscribirla a la Gobernación del Cesar, consiguieran elegirse, pues no es posible asumir que existe una conducta inequívoca de la que pueda desprenderse la colaboración o influencia política o la manifestación”, dice el concepto.
Para el Ministerio Público las manifestaciones que realizó la gobernadora en campaña con candidatos no de otros partidos no se enmarcan en la doble militancia, pues “la prohibición de doble militancia se predica únicamente al apoyo que brinda un candidato a otro candidato; es decir, de candidato a candidato y, mediante actos positivos, concretos, directos de manera pura y simple, sin consideración de engaño, que afloren y no le generen duda al juzgador de instancia, lo cual no se consuma, según lo derroteros precitados”.
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La Procuraduría cuestiona los argumentos usados por el abogado Luis Fernando Padilla, demandante de la curul de la gobernadora por presunta doble militancia.
En el caso de la manifestación pública que realizó la gobernadora del Cesar con Neil Cárdenas Serpa, candidato a la Alcaldía de Chimichagua por el partido Alianza Verde, la Procuraduría sostuvo que “el recibimiento de apoyo por parte de un candidato no es una conducta objeto de sanción”.
En el caso del evento político con Miguel Morales, sostuvo la Procuraduría que de las pruebas se deriva que se trata de un agradecimiento de parte de la demandada y ciertas indicaciones de la necesidad de trabajar en conjunto en una eventual elección de Gobernación y Alcaldía, más no, de actos positivos de apoyo respecto del candidato Miguel Morales.
El caso fue enviado al despacho de la magistrada de la Sección Quinta del Consejo de Estado, Gloria María Gómez, para emitir fallo de sentencia. Cabe recordar que la misma magistrada decidió que habría sentencia anticipada y negó varios recursos presentados por la defensa de la gobernadora.
Por Deivis Caro
La Procuraduría Delegada emitió concepto y pidió al Consejo de Estado no declarar nula la elección de la gobernadora del Cesar, Elvia Milena Sanjuán, dentro del caso de nulidad electoral que le adelantan por la demanda presentada por el abogado Luis Fernando Padilla.
La Procuraduría Delegada emitió concepto y pidió al Consejo no declarar nula la elección de Elvia Milena Sanjuán como gobernadora del Cesar para el periodo 2024-2027. Esto dentro del caso que se adelanta en contra de la mandataria por presunta doble militancia en la campaña.
Durante todo el proceso, el Ministerio Público ha mantenido una posición contraria a tumbar a la gobernadora. “De las pruebas relacionadas, no se puede deducir de forma contundente y sin duda, la ayuda de la señora Elvia Milena Sanjuan Dávila para que candidatos distintos a su colectividad de origen o a aquellos partidos coaligados para inscribirla a la Gobernación del Cesar, consiguieran elegirse, pues no es posible asumir que existe una conducta inequívoca de la que pueda desprenderse la colaboración o influencia política o la manifestación”, dice el concepto.
Para el Ministerio Público las manifestaciones que realizó la gobernadora en campaña con candidatos no de otros partidos no se enmarcan en la doble militancia, pues “la prohibición de doble militancia se predica únicamente al apoyo que brinda un candidato a otro candidato; es decir, de candidato a candidato y, mediante actos positivos, concretos, directos de manera pura y simple, sin consideración de engaño, que afloren y no le generen duda al juzgador de instancia, lo cual no se consuma, según lo derroteros precitados”.
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La Procuraduría cuestiona los argumentos usados por el abogado Luis Fernando Padilla, demandante de la curul de la gobernadora por presunta doble militancia.
En el caso de la manifestación pública que realizó la gobernadora del Cesar con Neil Cárdenas Serpa, candidato a la Alcaldía de Chimichagua por el partido Alianza Verde, la Procuraduría sostuvo que “el recibimiento de apoyo por parte de un candidato no es una conducta objeto de sanción”.
En el caso del evento político con Miguel Morales, sostuvo la Procuraduría que de las pruebas se deriva que se trata de un agradecimiento de parte de la demandada y ciertas indicaciones de la necesidad de trabajar en conjunto en una eventual elección de Gobernación y Alcaldía, más no, de actos positivos de apoyo respecto del candidato Miguel Morales.
El caso fue enviado al despacho de la magistrada de la Sección Quinta del Consejo de Estado, Gloria María Gómez, para emitir fallo de sentencia. Cabe recordar que la misma magistrada decidió que habría sentencia anticipada y negó varios recursos presentados por la defensa de la gobernadora.
Por Deivis Caro