ABC electoral
Si el partido opta por el voto preferente, el ciudadano tiene la opción de votar por el partido y por alguno de los candidatos de esa colectividad o sólo por el partido. Al final, después del escrutinio, cada la lista se ordena de acuerdo con el número de votos obtenido por cada candidato, y el conjunto de listas se ordenan de acuerdo con el número de votos obtenidos por cada una.
¿Qué es el voto no preferente o lista cerrada?
Si el partido opta por el voto no preferente, el ciudadano sólo puede votar por el partido de su preferencia sin tener en cuenta nombres específicos de candidatos. En este caso, después del escrutinio, las curules se asignan en el orden de inscripción de los candidatos dentro de la lista cerrada.
¿Qué es el umbral?
Los candidatos que aspiran a cargos plurinominales deben alcanzar el umbral que equivale al 50% del cuociente.
El cociente es el total de los votos válidos dividido por el número de curules a proveer.
¿Qué es la cifra repartidora?
La cifra repartidora resulta de ordenar de mayor a menor el total de votos obtenidos sólo por los partidos o movimientos políticos que superaron el umbral.
Cada votación obtenida se divide por los números naturales correspondientes al número de curules a cubrir. De este resultado, la cifra menor es la que se denomina cifra repartidora.
El total de votos obtenido por una lista se divide por la cifra repartidora y se obtiene el número de curules que le corresponden a cada partido o movimiento político.
¿Qué pasa si se presenta un empate?
De acuerdo con el Artículo 183, del Código Electoral, si el número de votos a favor de dos o más candidatos o listas fuere igual, la elección se decidirá a la suerte, para lo cual, colocadas en una urna las papeletas con los nombres de los candidatos o de quienes encabezan las listas que hubiesen obtenido igual número de votos, un ciudadano designado por la corporación escrutadora extraerá de la urna una de las papeletas. El nombre que ésta contuviere será el del candidato o lista a cuyo favor se declara la elección.
Fuente: Registraduría






