Reconteo de votos
El Tribunal Superior de Justicia de Valledupar en Sala de Decisión Penal confirmó el fallo de fondo de la Juez Cuarta de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Valledupar, María del Pilar Soto García al determinar que era improcedente resolver vía tutela el fallo de tutela que había proferido el Juez Sexto Administrativo, Pedro Olivella Solano. El juez Administrativo en fallo de tutela impetrada por los aspirantes al Concejo Belisario Jiménez Lúquez, Jorge Luís Arzuaga y Ciro Chinchía Bermúdez, ordenó suspender la credencial expedida a los 19 concejales de Valledupar y realizar el reconteo voto a voto para el Concejo de Valledupar.
Adicionalmente, los magistrados José Ignacio Sánchez Calle, Javier Díaz Villabona y Franklin Martínez Solano compulsaron copia de la decisión a la Unidad de Fiscalías Delegada ante el Tribunal y a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura. Copia del fallo también se remitió a la Corte Constitucional para su eventual revisión.
Como se recuerda, con relación a una tutela presentada por Gabriel Muvdi Aranguena, en contra de la tutela del Juez Sexto Administrativo, la Juez Cuarta de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, Soto García dispuso el 10 de enero pasado, la suspensión provisional del reconteo de votos, lo que a su vez fue aprovechado por el Concejo para escoger personero y contralora de Valledupar, escogencia que benefició a Alfonso Campo Martínez y Mercedes Vásquez Ramírez, quienes hacían parte de las respectivas ternas que fueron presentadas al Cabildo para escoger a los titulares de los citados organismos municipales.
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