Registraduría y Procuraduría expidieron circular conjunta
La Registraduría Nacional del Estado Civil y la Procuraduría General de la Nación, expidieron la Circular Conjunta No. 12, mediante la cual imparten instrucciones necesarias para que las agrupaciones políticas y grupos significativos de ciudadanos que inscriban candidatos presenten las listas de personas aptas para actuar como testigos electorales, en las elecciones de autoridades locales que se celebrarán el 30 de octubre de 2011.
De acuerdo con la Circular firmada el 19 de mayo de 2011, se reitera la importancia de los testigos en el proceso electoral, ya que representan a los partidos y movimientos políticos como a los grupos significativos de ciudadanos que inscriban candidatos, con el fin de supervigilar las elecciones, durante el desarrollo de la jornada electoral, en el escrutinio de mesa, como en el manejo y traslado de los documentos electorales.
En el texto el Procurador General de la Nación, Alejandro Ordóñez Maldonado, y el Registrador Nacional, Carlos Ariel Sánchez Torres, solicitan que ante la importante función de los testigos, aparte de su reconocida honorabilidad, deben ser idóneos para el desempeño de las mismas.
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